Proyecto de
Resolución
Asunto: Programa de
Capacitación Electoral.
VISTO:
Las próximas
elecciones primarias PASO, el día 11 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que
esta modalidad de votación se realiza desde el 2011 y reviste de
particularidades y diferencias con la manera convencional de elegir
gobernantes.
Que
es indispensable la capacitación ciudadana para que la población conozca la
modalidad que enviste esta elección.
Que
es necesario definir recursos con el propósito de contribuir a la formación
ciudadana, al conocimiento del régimen electoral, favoreciendo la apropiación
conceptual de la capacidad de transformación de la realidad que ejercen los
ciudadanos cuando emiten su voto.
Que
en la actualidad el uso de diferentes formatos (videos, infografías,
audios)facilitan la llegada al ciudadanos explicando de manera didáctica la
importancia de la participación
política, la forma de gobierno y el sistema electoral, las
características del sufragio y del acto eleccionario, los actores que
intervienen en las diferentes etapas del proceso electoral y sus funciones, las
particularidades del sistema de Elecciones Primarias.
Que
Las Varillas cuenta con medios de comunicación escritos, radiales,
televisiones, digitales que sirven de nexo con la comunidad y que son la manera
propicia de llegar a cada casa de la ciudad.
Que
es imprescindible la función del Estado en la formación ciudadana.
Que
realizando un programa de capacitación electoral los ciudadanos que ejerzan su
derecho a elegir a sus representantes podrán ejercer su derecho a voto de
manera consciente e informado.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS
VARILLAS
RESUELVE
Art.
1)Instar al PEM a la organización de un Programa de Capacitación Electoral.
Art
2) El Programa tiene por objetivo que la ciudadanía conozca los mecanismos de
la Elecciones Primarias PASO.
Art
3)Involúcrese a las áreas municipales necesarias para la elaboración de dicho
programa,
Art
4) Para el diseño del programa se sugiere la utilización de los medios de
comunicación locales: radiales, televisivos, gráficos, digitales.
Art
5) De forma.