jueves, 7 de marzo de 2013

RECONOCIMIENTO A GMZ EN SU 50 ANIVERSARIO


Hay que reconocer a las instituciones educativas de Las Varillas, que dìa a dìa educan a nuestros jòvenes y adultos aportando al crecimiento de la ciudad.
Feliz cumple mi querido Zuviría!!!



PROYECTO DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: 50 ANIVERSARIO INSTITUTO PARROQUIAL “GUSTAVO MARTÍNEZ ZUVIRÍA”

VISTO.
Que el Instituto Gustavo Martínez  Zuviría de nuestra localidad cumple 50 años en el corriente año.
CONSIDERANDO:
Que este establecimiento educacional fue fundado en 1963, realizando las tareas para su concreción el Padre Lorenzo Mensa.
Que su primera rectora fue una varillense Doña María Aurora Pérez de Deálbera. En aquellas épocas Doña Aurora estuvo secundada por un maravilloso equipo de trabajo que por un tiempo trabajaron sin percibir los haberes como una manera de dar posibilidad de inicio a este Instituto con fuerte arraigo popular.
Que desde sus inicios prepararon alumnos para la actividad contable, y que viendo la necesidad de no solo formar a jóvenes, abrieron las puertas de su Instituto a los adultos, con el Nocturno, que deseaban terminar la escuela secundaria.
Que su objetivo quedaba marcado con el lema: “Formación integral con marcado espíritu comunitario”, lema que han sabido mantener y potenciar a los largo de los años.
Que este Instituto creció en el tiempo, pero nació muy pequeño. Se había conformado una comisión Pro- edificio de la que Don Juan Matías Romero fue el presidente, que realizó innumerables actividades con el fin de obtener el dinero para levantar las primeras paredes.
Que también contaba con la Comisión de Damas, que colaboraba desinteresadamente con el quehacer cotidiano de la recién nacida institución, como así también con una cooperadora quienes   fueron capitaneadas en primer lugar por la Sra. Carmen Oliva y luego por el Sr. Alfredo Emilio Palmero. Tuvieron como motor activísimo al Padre Primo Mosca.
Que es una Institución que tuvo capacidad de movilización, caracterizándose por su diario hacer. Entre sus mayores logros podemos citar: creación de la primera estación meteorológica incorporada al Servicio Meteorológico Nacional, creación del único Observatorio Astronómico de la localidad y de la región; supo constituirse en una Editorial con una amplia variedad de publicaciones sobre temas locales y provinciales; puso su énfasis en el montañismo y en la vida en la naturaleza y viajes de estudio con un cuidado programa; constituyó una enorme biblioteca de la que sus alumnos pueden disfrutar y se sienten privilegiados de tenerla, ya que hoy en una biblioteca altamente informatizada. El GMZ fue reconocido para honra de Las Varillas por las Ferias de Ciencias que se realizaban en nuestra ciudad, pero también por su participación a Nivel Provincial y Nacional. Preocupado porque sus alumnos lean y escriban y disfruten de la literatura, se crea el Concurso Literario Hugo Wast que actualmente sigue en vigencia. El deporte nunca estuvo ausente, organizando torneos, competencias y la nunca olvidada Posta que unió  la Localidad de Salto –Uruguay- con Las Varillas. Innovador por excelencia el GMZ fue el primer Instituto en formar a sus alumnos con el Título de Perito Mercantil en Computación con una fuerte capacidad visionaria. Viendo la necesidad de crecimiento de la población abre la instancia de profesorado, pionero en las carreras terciarias, y de esta manera de constituye como formador de formadores. Fundador del Museo Regional, que otorgó, a los fines de incentivar la pertenencia el Reconocimiento a la Identidad Regional. Con un Centro de Ex alumnos que protagonizó por años la Semana de la Juventud con sus inolvidables desfiles de carrozas, con actos culturales y de esparcimiento, justas del saber, censos de población, de viviendas y de árboles autóctonos, picnics estudiantiles. Su firme y decidida acción en pro de la preservación de la Estación Parada Km 81. Los inolvidables pesebres gigantes, con la Navidad Blanca, la Policroma y la Gaucha.
Que a estas actividades se suman otras tantas que han hecho del GMZ una institución con fuerte arraigo en nuestra localidad, que marcada por los valores e impronta  cristianos,  ha sabido potenciar en sus alumnos la capacidad creativa, el hábito de trabajo,  el servicio, el desarrollo de la personalidad inquieta.
Que esta Institución cumpla 50 años, es un honor y orgullo para nuestra localidad, que es merecido el reconocimiento a todos y a cada uno de los que con la fuerza de la pasión por el trabajo lo han hecho posible.
Que el Instituto GMZ está organizando un basto cronograma de actividades para festejar este importante aniversario.

POR TODO LO EXPUESTO,
EL Concejo Deliberante de la Ciudad de Las Varillas
Sanciona con fuerza de Resolución.

Art. 1) Reconózcase  al Instituto Gustavo Martínez Zuviría en su 50 Aniversario de vida.
Art 2) Entréguese una copia de la presente resolución a los actuales directivos de la Instituto Gustavo Martínez Zuviría, para en ellos ver representados a todos los que hicieron posible en nacimiento y desarrollo de este colegio, el día 11 de marzo en el acto protocolar de Aniversario.
Art. 3) De forma.-

jueves, 7 de febrero de 2013

Acuerdo

En sesión extraordinaria del día 6 de febrero de 2013, se aprobó la primer rectificación del presupuesto del EMAV de este año.
Además, se logró un acuerdo entre todas las bancadas para pasar a un cuarto intermedio y así tener el tiempo suficiente para analizar el proyecto de reducción de los impuestos.

domingo, 11 de noviembre de 2012

ATRASO EN LA ENTREGA DEL PRESUPUESTO


Debido al retraso en la entrega del presupuesto, por 6to año consecutivo, elevamos este pedido.



Proyecto de resolución

Asunto: Presupuesto Municipal 2013.-

Visto:

En el artículo N° 145 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Las Varillas versa: “el proyecto de ordenanza  de presupuesto y de cálculo de gastos y de recursos será remitido al Honorable Concejo Deliberante antes del 15 de Octubre de cada año”. 

Considerando:

Que el proyecto de ordenanza de presupuesto y cálculo de gastos y recursos debe ser presentado en forma exclusiva por el Poder Ejecutivo Municipal.

Que siendo 7 de noviembre de 2012, este Concejo Deliberante no ha recibido aún el proyecto de ordenanza de presupuesto y cálculo de gastos y recursos.

Que esto lleva a un retraso de más de un mes y medio.

Que este retraso es una falta grave, violatoria de nuestra Carta Orgánica.

 

Por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante de La Ciudad de Las Varillas, sanciona con fuerza de

 Resolución:

Art.1).- Instar al Poder Ejecutivo Municipal al cumplimiento del art. 145 de la Carta Orgánica Municipal remitiendo el proyecto de ordenanza de presupuesto y cálculo de gastos y recursos.

Art. 2) De forma.-

viernes, 2 de noviembre de 2012

RESOLUCIÓN: CODIGO DE AMBIENTE LAS VARILLAS


El cuidado de nuestro medio debe ser una prioridad, y para ello es una necesidad organizar la legislación vigente en Las Varillas. Eso busca este proyecto, la creación de un código de ambiente donde de unifique la normativa para que toda la población pueda conocer y saber cómo actuar en diferentes situaciones.
Si todos conocemos cómo actuar las acciones van a ser más eficaces.



PROYECTO DE RESOLUCION.

ASUNTO: CREACIÓN DE CÓDIGO AMBIENTAL LAS VARILLAS

VISTO
La necesidad de generar herramientas de gestión sobre la materia ambiental en la ciudad de Las Varillas, unificando legislación y criterios de trabajo.

Considerando:
Que la Constitución Nacional en su artículo N° 41 versa: “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”
Que en el presente año se ha creado la Dirección de Ambiente en Las Varillas y es su responsabilidad organizar y regular políticas en esta materia.
Que resulta preciso abordar las amenazas ambientales resultantes de las tendencias aceleradas de la urbanización y del desarrollo de las ciudades, benifiándose esto por el trabajo realizado por Plan Director Urbano de nuestra ciudad, que trabajando coordinadamente pueden abordar esta temática.
Que ante la gravedad de los conflictos ambientales pueblos y gobiernos del mundo han manifestado su intención de reorientar la marcha de la sociedad hacia modelos más sustentables, tanto en lo social como en lo ambiental.
Que el éxito de las políticas de desarrollo sostenible dependen en gran medida del grado de evolución y de la calidad de infraestructura institucional y organizacional, así como de los mecanismos que permitan al aparato político y a la sociedad  actuar como un todo armónico a mediano y largo plazo.
Que es imprescindible  contar con políticas públicas anticipatorias en materia de desarrollo sostenible que permitan a analizar opciones y planear estrategias de regulación.
Que Las Varillas cuenta con recursos humanos para conseguir el desarrollo sustentable, no como concepto abstracto sino como realidad concreta. Que existe legislación nacional y provincial que es necesario adaptar a nuestra realidad y que también existen numerosas ordenanzas locales sobre el cuidado del ambiente, pero que es necesario revisar, coordinar, evitar superposiciones, y aunar en un solo documento.
Que esto propende al establecimiento de procedimientos y mecanismos que beneficien la minimización de riesgos ambientales a escala local.


POR TODO LO EXPUESTO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:
 u
 Art. 1) Instar al Departamento Ejecutivo Municipal, a la creación del un Código Ambiental Las Varillas, trabajando coordinadamente con la Dirección de Ambiente de la ciudad, con el objetivo de proponer una política de medio ambiente y desarrollo sustentable donde consten procedimientos de acción y de gestión unificados para la ciudad.

Art. 2) Realizar una llamado a todos los actores sociales involucrados en la temática para la confección del Código Ambiental Las Varillas, con el fin de que todas las voces, especificidades científicas ya académicas puedan realizar su aporte.

Art.3)De forma.-


jueves, 27 de septiembre de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: MODIFICACIÓN ART. 68 ORDENANZA 249

Esta Ordenanza destraba las diferencias entre la Municipalidad y la Cooperativa. El porcentaje que se debe cobrar por la Tasa de Alumbrado Eléctrico debe estar estipulado por el Poder Legislativo y no por el Poder Ejecutivo mediante un decreto, ya que la Carta Orgánica de la Ciudad de Las Varillas estipula que el Poder Ejectivo no puede realizar decretos en materia triburaria.
 
PROYECTO DE ORDENANZA

ASUNTO:
MODIFICACIÓN ARTICULO 68 de la Ordenanza nº 249.

VISTO:

El Decreto 503/12 de fecha 4 de Julio de 2012 que dispuso fijar en el 12%  la alícuota establecida en el art. 190 inciso a) de la Ordenanza General Impositiva nº 22/84 (TO 146/2008) conforme a la ordenanza tarifaria vigente.

CONSIDERANDO:

Que el decreto en cuestión viola expresas disposiciones contenidas en nuestra Carta Orgánica Municipal que lo tornarían Nulo e Ineficaz.-

                                               Que el Concejo Deliberante es  quien tiene el deber y atribución de sancionar el Código Tributario y la Ordenanza Impositiva Anual (art. 61, inc. 17 COM). El Poder Ejecutivo Municipal  tiene el deber y atribución de hacer recaudar los tributos y rentas Municipales, y resolver su inversión según las ordenanzas vigentes (art. 83, inc. 11 COM).-

                                               Que la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Las Varillas dispone que el PEM “no puede en ningún caso, bajo pena de Nulidad Absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Puede dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, salvo en materia contravencional, tributaria, electoral (art. 68 COM).-

                                               Que la disposición precedente es clara y precisa. Mediante el dictado del decreto 503 el PEM se ha arrogado facultades legislativas en materia tributaria, lo que se encuentra expresamente vedado por nuestra Carta Orgánica la que fulmina con nulidad absoluta e insanable la contravención a dicha norma.-

                                               Que la Carta Orgánica también dispone que “Todo acto o resolución emanada de autoridades, funcionarios o empleados municipales, que no se ajuste a las prescripciones establecidas por esta Carta Orgánica, será de nulidad absoluta”  (Art. 42 COM)

                                               Que el PEM  en los fundamentos del mismo decreto 503 menciona que están reglamentando el art. 68, tal como dispone el art 83.inc 7º del COM,  pero sucede que han reglamentado en materia tributaria lo que se encuentra absolutamente prohibido por la COM.-

                                               Que  con la modificación del art. 68 citado posibilitaría solucionar o zanjar en gran medida las diferencias  que en la actualidad mantienen la Municipalidad y Cooperativa de esta ciudad que son de público conocimiento.-
                                             

Por todo lo expuesto el

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENAZA

 Artículo 1º.- Modifícase el Atículo 68 de la Ordenanza nº 249 el que quedará redactado de la siguiente forma:

                               “Artículo 68: Fijense en el doce (12) por ciento por kwh, facturado hasta un máximo de consumo mensual de 150.000 kwh por usuario o firma, la alícuota a aplicar sobre la base imponible establecida en el art. 190 inciso a) de la O.G.I.”-

Artículo 2º.- De forma.-

sábado, 15 de septiembre de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: LABORATORIO DE ACCIDENTOLOGIA VIAL "LAS VARILLAS TE CUIDA"

En Las Varillas se hacen acciones tendientes a la prevención de accidentes de tránsito, y está bien que eso sea así. Pero este proyecto va más allá de eso, intenta realizar una investigación acerca de la modalidad de conducción de los varillenses y con esos datos implementar medidas certeras. Además, de tener la posibilidad de mirar a Las Varillas de manera macro y así poder determinar de manera eficaz la direccionalidad de las calles.
 
 
Proyecto de Ordenanza

Asunto: “Laboratorio de Accidentología Vial Las Varillas te cuida”

Visto.

Que la ciudad carece de un programa de prevención integral de accidentes viales.
Que se realizan muchas actividades a favor de la prevención de accidentes, pero se hace necesario una visión holística de la realidad varillense en torno a la vialidad.

Considerando.
Que es fundamental desarrollar políticas coordinadas, sistemáticas y efectivas  que brinden la  información fehaciente que permita más allá de la sanción de aquellos infractores a la Ley de Tránsito, realizar campañas de prevención y difusión generales o focalizadas en determinados grupos de riesgo, establecer zonas de peligro, visualizar a la ciudad como un todo y desde allí evaluar la direccionalidad de las calles, etc.
Que contar con un laboratorio de accidentología, permitirá poner a disposición de las autoridades la información que requieran para ejercer sus responsabilidades. 
……………………………………………………………………………………….
Que la herramienta tiene el objetivo de detectar y corregir intersecciones problemáticas, situaciones críticas, proyectar adecuadamente inversiones en infraestructura y mejorar continuamente la seguridad vial, determinar la cantidad necesaria de agentes de tránsito y sus funciones específicas.
Que la política de seguridad vial implica a su vez instancias de regulación, prevención, y control, todas ellas íntimamente relacionadas entre sí
…………………………………………………………………………………………………………………..


Por todo lo expuesto se sanciona con fuerza de

ORDENANZA


Artículo 1º - Créase el “Observatorio de Accidentología Vial Las Varillas te ciuda”.

Artículo 2º - Objeto y funciones:
El “Observatorio de Accidentología
Vial Las Varillas te cuida” tendrá por objeto:..............................................................................
……………………………………………………………………………………………………………………….: 

-   Implementar un sistema de investigación sobre conductas de conducción en diferentes automotores, a los fines de determinar la mayor frecuencia de conductas peligrosas.

-   Realizar una revisión de la direccionalidad de las calles de la ciudad y determinar de manera integral el modo de circulación de las mismas..........................................................…………………………………………………………………………………………

-   Obtener información valiosa  para el desarrollo de programas de educación vial para niños, jóvenes y adultos.
- Reducir la exposición a riesgos y/o daños a peatones y conductores.
- Impulsar desde todos los ámbitos el debate social sobre las políticas de seguridad vial.
Asimismo, sus funciones serán las siguientes:
- El diseño y seguimiento de políticas relacionadas con la seguridad vial. 
………………………………………………………………………………………………………………………
- La aplicación y evaluación de intervenciones puntuales que tiendan a prevenir y/o reducir la cantidad de accidentes causados por el tránsito en los lugares que se identifiquen como peligrosos..........................................................................……………………………………………………………………………………………………………….

- Convertir la información efectiva y con base científica en políticas y prácticas que protejan a los peatones, ciclistas y ocupantes de vehículos
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………………………………………………………………………………...


Artículo 3º - El Observatorio creado por la presente, dependerá funcionalmente de la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las demás áreas necesarias.


Artículo 4º - Se elaborará una base de datos que contendrá información obtenida en las diferentes investigaciones realizadas y las acciones que derivan de ellas.


Artículo 5º - La Secretaría de Gobierno  establecerá el reglamento de funcionamiento.
…………………………………………………………………………………


Artículo 6º - De forma.