jueves, 27 de junio de 2013

PROYECTO CAPACITACION ELECTORAL

Proyecto de Resolución
Asunto: Programa de Capacitación Electoral.
VISTO:
Las próximas elecciones primarias PASO, el día 11 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que esta modalidad de votación se realiza desde el 2011 y reviste de particularidades y diferencias con la manera convencional de elegir gobernantes.
Que es indispensable la capacitación ciudadana para que la población conozca la modalidad que enviste esta elección.
Que es necesario definir recursos con el propósito de contribuir a la formación ciudadana, al conocimiento del régimen electoral, favoreciendo la apropiación conceptual de la capacidad de transformación de la realidad que ejercen los ciudadanos cuando emiten su voto.
Que en la actualidad el uso de diferentes formatos (videos, infografías, audios)facilitan la llegada al ciudadanos explicando de manera didáctica la importancia de la participación  política, la forma de gobierno y el sistema electoral, las características del sufragio y del acto eleccionario, los actores que intervienen en las diferentes etapas del proceso electoral y sus funciones, las particularidades del sistema de Elecciones Primarias.
Que Las Varillas cuenta con medios de comunicación escritos, radiales, televisiones, digitales que sirven de nexo con la comunidad y que son la manera propicia de llegar a cada casa de la ciudad.
Que es imprescindible la función del Estado en la formación ciudadana.
Que realizando un programa de capacitación electoral los ciudadanos que ejerzan su derecho a elegir a sus representantes podrán ejercer su derecho a voto de manera consciente e informado.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
RESUELVE
Art. 1)Instar al PEM a la organización de un Programa de Capacitación Electoral.
Art 2) El Programa tiene por objetivo que la ciudadanía conozca los mecanismos de la Elecciones Primarias PASO.
Art 3)Involúcrese a las áreas municipales necesarias para la elaboración de dicho programa,
Art 4) Para el diseño del programa se sugiere la utilización de los medios de comunicación locales: radiales, televisivos, gráficos, digitales.

Art 5) De forma.

jueves, 20 de junio de 2013

Proyecto:TERMINAL DE OMNIBUS

Proyecto de resolución
Asunto: Terminal de ómnibus

VISTO
El estado actual de la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Las Varillas.

CONSIDERANDO:
Que la Ciudad de Las Varillas es una ciudad de confluencia de variedad de líneas de colectivos provinciales, interprovinciales y nacionales.
Que para muchos de ellos Las Varillas es de parada obligatoria.
Que todos los vecinos y visitantes platean quejas del estado de la actual terminar, tanto en lo edilicio como en los servicios.
Que se evidencia una falta de seguridad en este lugar.
Que Las Varillas se merece una Estación Terminal acorde con la circulación actual, donde el transeúnte se sienta cómodo y seguro.
Que localidades cercanas han realizado importantes inversiones en sus estaciones o parajes, demostrando interés por sus vecinos como así también por los que estén de paso.

POR TODO LO EXPUESTO EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN

Art. 1) Instar al Poder Ejecutivo Municipal a que reveea el contrato de concesión de la actual Terminal de Colectivos de la Ciudad de Las Varillas, para así poder instaurar medidas reparadoras de la deficiencias actuales.


Art.2) De forma.

jueves, 13 de junio de 2013

PROYECTO: CAMPAÑA DONACIÓN DE ÓRGANOS

PROYECTO DE ORDENANZA
ASUNTO: CAMPAÑA DONACIÓN DE ORGANOS
VISTO:
Que el 30 de mayo ha sido instaurado como el día Nacional para la Donación de Órganos.
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad hay más de 7300  personas están en lista de espera para un trasplante de órganos, en nuestro país.
Que nuestra ciudad ha sido protagonista en varias ocasiones, de la angustia que de esperar a una donación de órganos para salvar una vida.
Que aunque se realicen campañas a nivel nacional o provincial, existe un alto porcentaje de personas que no está dispuesta, por diferentes razones, a donar sus órganos.
Que hay en la población, un desconocimiento sobre el tema, que genera mitos y miedos, que van contra la posibilidad de inscribirse como donantes.
Que es necesario sensibilizar a la población sobre la importancia de la donación de órganos, su impacto en la vida de las personas; siempre respetando la voluntad de cada individuo a la hora de decidir.

POR TODO LO EXPUESTO
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1)Institúyase en la ciudad de Las Varillas la “Semana de la Donación de Órganos”.
Art. 2) Los objetivos de la misma serán programar una campaña de difusión acerca de la importancia de la donación de órganos, su impacto, procedimientos para la donación, etc.
 Art, 3) El órgano de aplicación será el Hospital Diego Montoya, desde su área de salud y educación.
Art. 4) Para diseñar la campaña se realizarán los contactos necesarios con ONG que se abocan al tema, el gobierno de la Provincia y de la Nación.

Art. 5) De forma

jueves, 6 de junio de 2013

PROYECTO: PAVIMENTACION DE CALLES DEL BARRIO JUAN XXIII


Proyecto de resolución

 

Asunto: Pavimentación de calles

 

Visto:

Que en la visita de nuestro Gobernador José Manuel De La Sota del día  14 de mayo de 2013 hizo entrega en Las Varillas, además de maquinaria de suma necesidad, el material necesario para pavimentar cinco calles de la localidad.

 

Considerando:

Que muchas calles de Las Varillas necesitan de acondicionamiento y de pavimentación.

Que es necesario seleccionar el lugar adecuado a pavimentar.

Que el Barrio Juan XXIII de nuestra ciudad es un barrio particular en cuanto a su infraestructura lo que ocasiona cierta dificultad en la provisión de servicios: recolección de servicios, desagües, por ejemplo.

Que los dos ingresos al Barrio Juan XXIII presentan dificultades de acceso.

Que estas dificultades se acrecientan en días de lluvia.

Que no se cuenta, en este barrio, con otra posibilidad de acceso y circulación más que las calles que lo circundan.

Que, además, de la gente que vive en el Barrio, se suma el Anexo del Jardín de tres años de la Escuela D. V. Sarsfield, lo que aumenta la circulación: ingreso y egreso de autos.

Que es urgente que se pavimenten estas calles para  la comodidad de los vecinos que viven o se llegan al Barrio.

Que esta necesidad es solicitada por todos los vecinos del barrio.

 

POR TODO LO EXPUESTO

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS

SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN

 

Art.1) Instar al PEM a pavimentar las calles perimetrales del Barrio Juan XXIII.

Art.2) Utilizar para la erogación que esta obra demande, el material entregado por el Gobierno de la Provincia de Córdoba en la visita del SR. Gobernador del día 14 de mayo de 2013.

Art 3) De forma.

miércoles, 22 de mayo de 2013

PROYECTO: TRASLADO DE CORRALON


Proyecto de resolución:
Asunto: Corralón Municipal

Visto
El estado del actual Corralón Municipal de la Ciudad de Las Varillas
Considerando:
Que un corralón municipal es un depósito o almacén cerrado, donde  este organismo pone al resguardo su maquinaria, herramientas, insumos, etc.
Que estos elementos son de fundamental importancia para el normal funcionamiento de la obra pública de un municipio.
Que el cuidado de ellos debe ser riguroso, así poder alargar su vida útil, resguardar a quienes las utilizan, no descender la calidad de las obras a realizar.
Que es estado del actual corralón municipal no contribuye a esto. Ya que mucha de la maquinaria queda a la intemperie, sin los cuidados necesarios, sin las garantías necesarias para su normal funcionamiento.
Que los empleados que día a día trabajan en él no tienen las condiciones necesarias para un buen trabajo.
Que el lugar en el que está emplazado ha quedado funcionalmente obsoleto, ya que la circulación de la maquinaria torna riesgoso la circulación normal de los vehículos de los vecinos de la ciudad.
Que el actual Intendente de la Ciudad de Las Varillas había asegurado, en su primera gestión, que el corralón municipal se trasladaría para resguardar a maquinarias y empleados.
Que es un pedido de los vecinos que se realice ese traslado.
Que es una obligación de la Municipalidad hacerlo.


POR TODO LO EXPUESTO EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION

Art. 1) Instar al Poder Ejecutivo al pronto traslado del Corralón Municipal, brindando las medidas de seguridad a toda la población, y de trabajo a los empleados que trabajan en él.
Art. 2) De forma

jueves, 9 de mayo de 2013

PROYECTO: REGISTRO PARA MEDIDORES DE AGUA



PROYECTO DE ORDENANZA
ASUNTO: BENEFICIOS A QUIENES INSTALEN MEDIDORES DE AGUA

VISTO:
Que en la Ciudad de Las Varillas el servicio de agua potable no se cobra por el consumo que haya efectuado el propietario.

CONSIDERANDO:
Que al agua es un recurso natural, de vital importancia, no solo porque es parte de la composición de su estructura molecular, sino también por la innumerable cantidad de procesos y reacciones químicas, biológicas y físicas en las que participa.
Que el agua cubre tres cuartas partes de la superficie terrestre, y de esa cantidad de agua, un 3% es agua dulce y de ese 3% de agua dulce, solo un 1% está en estado liquido, formando ríos, lagos y lagunas, por lo que cuidar este recurso se está volviendo una necesidad más que una opción.
Que todos somos responsable de cubrir esta necesidad.
Que es un compromiso del Estado Municipal quien debe generar acciones concretas que generen conciencia sobre el cuidado del agua y la importancia de su ahorro.
Que desde en nuestra ciudad se han instalado medidores de agua y se tienen proyectado seguir con esa instalación, pero aún no se ha comenzado el cobro del mismo.
Que la forma actual de cobro resulta injusta, ya que los valores cobrados no condicen con lo que cada propietario consume.
Que esto genera que haya vecinos que paguen cifras altas cuando su consumo es bajo.
Que la medición del consumo y el cobro por él, hacen que el vecino cuide el agua, convirtiéndose en una medida de ayuda al cuidado del medio ambiente.
Que es indispensable comenzar con el cobro por consumo tomando muestras de referencia que sirvan de ejemplo y planear un proyecto de seguimiento.


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1) Créase el registro de personas que desean el cobro por consumo de agua potable.
Art. 2) Instálese el medidor de agua a aquellos personas, que anotadas en el registro precedente, aún no lo tuvieran.
Art. 3) Establézcase la modalidad de cobro del servicio de agua potable a través de los medidores, facultándose a la EMAV a dictar las medidas pertinentes tendientes a la aplicación inmediata de la presente ordenanza.
Art. 4) Bonifíquese en un 30% del consumo por el término de seis meses a los ciudadanos que se hayan inscripto en dicho registro, con motivo de incentivar al uso de medidores.
Art. 5) La presente ordenanza regirá a partir del 01.07.2013.
Art. 6) De forma.-

jueves, 18 de abril de 2013

PROYECTO: CONSEJO MUNICIPAL DE GENERO



PROYECTO DE ORDENANZA
ASUNTO: CONSEJO PERSPECTIVA DE GENERO.
VISTO
La Constitución Nacional de la República Argentina, art. 75 inc. 22 y 23 adhiere a diferentes tratados internacionales entre ellos, Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de discriminación contra la Mujer, y promueve la realización de acciones que promuevan el desarrollo pleno de la mujer.


CONSIDERANDO
Que la Constitución Nacional de la Republica Argentina garantiza a los varones y mujeres la igualdad de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos;
Que la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la cual adquirió jerarquía constitucional luego de la reforma de 1994, establece en su Artículo 1 que:” A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas políticas, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.”
Que en la práctica existen trabas que impiden o dificultan la igualdad real o efectiva de derechos entre ambos sexos; aún hoy muchas mujeres son víctimas de discriminación y de falta de oportunidades, particularmente en lo referido al campo laboral;
Que los estereotipos que hemos aprendido disminuyen notablemente la posición de las mujeres en la sociedad y repercute en todos los ámbitos - tanto públicos como privados - e impacta en las esferas social, económica, política y cultural de todas las ciudadanas y los ciudadanos.
Que los esfuerzos deben estar dirigidos al logro de un sistema de convivencia  basado en la igualdad de oportunidades de los géneros, que impacte en forma positiva en ambos sexos y contribuya al desarrollo de la Ciudad y al afianzamiento del sistema de vida democrático.
Que es necesario incorporar la perspectiva de género en los distintos ámbitos de la administración pública y de manera urgente generar acciones destinadas a abordar la temática de estereotipos contra la mujer y para ello la cooperación y la coordinación entre las instituciones son imprescindibles dada la complejidad del fenómeno;

POR TODO LO EXPUESTO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ART. 1) Crease el Consejo Municipal de Género como órgano encargado de planificar las políticas públicas, planes, programas y proyectos destinados a la promoción y defensa de los derechos de las mujeres, articulando e integrando los intereses de la Sociedad Civil y el Estado en el tratamiento de la temática, resguardando los derechos individuales y colectivos establecidos en la legislación vigente.

ART.2) El Consejo Municipal de Género tendrá dependencia y funcional de la Secretaría de Gobierno.

ART. 3)  El Consejo Municipal de Género será presidido por una representante que designe el DEM.

ART 5): El Consejo Municipal de Género contará con una Mesa Ejecutiva, que será la instancia consultiva y de asesoramiento para la planificación de las políticas públicas destinadas a la promoción y protección de los derechos de las mujeres, y para impulsar la participación institucional de las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la temática. Para ello contará con áreas de trabajo que serán coordinadas por quien ejerza la Vicepresidencia del Consejo.

ART.6): Los demás representantes del Consejo, serán concejales representantes de cada bancada, mujeres que estén trabajando en cada institución de Las Varillas y se harán una convocatoria abierta a la comunidad.

ART. 7): Las integrantes de la Mesa Ejecutiva y las Áreas de Trabajo acceden al ejercicio “ad-honorem” en sus funciones.

ART. 8): El Consejo Municipal de Género tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Formular y evaluar programas y proyectos destinados a eliminar las desigualdades de género en los diferentes ámbitos sociales, laborales, económicos, políticos y culturales,
 b) Propiciar el conocimiento y la capacitación acerca de los derechos;
c) Evaluar periódicamente, cualitativa y cuantitativamente, los programas implementados;
d) Articular con los organismos nacionales y provinciales relacionados con la temática de género, la implementación de políticas conjuntas,
e) Articular con las Organizaciones de la Sociedad Civil que trabajen en la temática de género y fortalecer las acciones desarrolladas por estas.

AR. 9): Serán funciones de la Mesa Ejecutiva:
a) Diseñar y propiciar, con el máximo consenso, la política de Estado en el área de las mujeres, promoviendo la articulación transversal en la acción de gobierno,
b) Asesorar a las áreas del Órgano Ejecutivo Municipal sobre la temática,
 c) Incentivar la coordinación y ejecución de acciones entre instituciones públicas y privadas, propiciando la participación de la sociedad civil,
d) Participar en la formulación de las políticas de comunicación para que los medios respectivos contribuyan a la defensa y promoción de los derechos de las mujeres,
 e) Dictar su propio reglamento interno.

ARTÍCULO 10: A los fines de la conformación de las Áreas de Trabajo del Consejo Municipal de Género, la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad celebrará convenios con organismos públicos, organizaciones no  gubernamentales, asociaciones civiles sin fines de lucro e intermedias,  organizaciones sociales que se encuentren dedicadas y de reconocida trayectoria en la promoción y protección de los derechos de las mujeres.

ARTICULO 11: Serán Áreas de trabajo del Consejo Municipal de Género:
a) Área de Sensibilización y Concientización Pública. Tendrá como funciones primordiales:
1) Promover el conocimiento de los derechos de las mujeres buscando fundamentalmente prevenir sobre situaciones de violencia de género;
2) Tendrá como ámbito primordial de intervención los barrios y las escuelas de la comunidad.
3) Diseñar acciones de comunicación social destinadas a promover la igualdad de derechos y eliminación de estereotipos;
4) Organizar campañas, talleres, seminarios y congresos destinados a difundir los derechos de la mujer, promoviendo su participación en todos los ámbitos de actuación de la sociedad civil;
b) Observatorio de las Violencias de Género, destinado a ser:
1) una instancia de observación permanente que permita construir un sistema de información que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia de
género en todas sus manifestaciones, asesorando sobre acceso a la justicia,
2) Realizar estudios y diagnósticos necesarios y permanentes a fin de conocer el comportamiento de los indicadores sociales referentes a la situación de las mujeres,
c) Revalorización del rol de las mujeres en la historia, destinada a:
1) Promover acciones en el ámbito ciudadano para aportar a la tarea del rescate histórico de nombres y antecedentes femeninos, y
 2) Crear el “Registro único de nombres de mujeres para calles y espacios públicos”

ARTÍCULO 12: DE FORMA.-