miércoles, 30 de mayo de 2012

Proyecto de Ordenanza: Consejo Colsultivo para la prevención y contra la drogadependencia

Este proyecto nace por la necesida dde generar políticas públicas que contengan a nuestros jóvenes y nos posibiliten lucgar contra la droga.
El proyecto genera un Consejo Consultivo, formado por diferentes agentes sociales vinculados con la temática, que generarán programas tendientes a contener a las familias, capacitar profesionales, y concientizar a los jóvenes.
La droga avanza muy rápido, como para quedarnos mirando...
La droga avanza muy rápido, generemos políticas públicas que ayuden a combatirla.


Proyecto de Ordenanza N°

Asunto: Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia.

VISTO:

La obligación del Estado de generar políticas públicas tendientes a la prevención y a la lucha contra la drogadependencia.

La incorporación en la COM de políticas públicas como la salud y la educación, que se instauran como dos objetivos irrenunciables, porque queremos que nuestros jóvenes puedan construirse libres, sin depender de nada ni nadie, más que de su propia voluntad y conocimiento.

La envergadura que ha tomando el consumo de sustancias a nivel nacional, que afecta a miles de jóvenes.

CONSIDERANDO:

Que,  es necesario contar con un grupo estable de trabajo desde la Municipalidad que se aboque a la prevención de adicciones y que coordine acciones con el Grupo de Padres Preventores de Las Varillas, con este fin.

Que, tanto el Gobierno Nacional como el Gobierno Provincial, poseen amplios planes para abordar esta temática, que se abocan  al trabajo con padres y jóvenes, dos actores sociales involucrados directamente en la problemática y sobre los que hay que actuar a tiempo y con conocimientos que avalen el accionar.

Que, es imperioso generar políticas que contengan a nuestros jóvenes, que apoyen a sus familias, a los fines de prevenir que caigan en manos de la droga con las consecuencias nefastas que esto causa en sus organismos, en su personalidad y en su vida social.



EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º.-Créase, en el ámbito de la Municipalidad de Las Varillas, el Consejo  Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia, teniendo en cuenta la obligación indelegable del Estado de poner en marcha políticas públicas tendientes a la salud  y la educación de sus miembros.



ARTICULO 2º.- Es menester del Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia  la producción y gestión de planes, proyectos y políticas activas y transversales en materia de drogadependencia y la coordinación de actividades con instituciones, colectivos y entidades públicas, nacionales, provinciales y municipales, con la finalidad de generar un mayor bienestar y una mejor calidad de vida de la población.



ARTÍCULO 3º.-El Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia  se  compone de: Un (1) representante del Ejecutivo Municipal, un (1) representante de cada  bloque del Concejo Deliberante de la Ciudad de Las Varillas, el Director del Hospital Dr. Diego Montoya; un (1) representante de la Policía de la Ciudad de Las Varillas, un (1) representante de la Dirección de la Juventud, los Directores de las escuelas secundarias de la ciudad, Inspectora de Nivel Primario, un (1) representante del grupo de Padres Preventores o de organizaciones  que luchen contra la drogadependencia en la ciudad. Esta conformación se dará sin prejuicios de futuras incorporaciones si el cuerpo así lo decide. La actuación de los mismos será ad honorem.

ARTICULO 4º.- El Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia es integrado por un (1) delegado titular y un (1) delegado suplente de cada una de las dependencias municipales e instituciones mencionadas en el artículo anterior.

ARTÍCULO 5º.-Son funciones, obligaciones y atribuciones del Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ordenanza, la reglamentación que se dicte en consecuencia, el Reglamento Interno de funcionamiento y las demás resoluciones que el mismo dicte;

b) Dictar el Reglamento Interno de funcionamiento;

c) Receptar y efectuar aportes, sugerencias y considerarlas estableciendo consensos para la actuación.

d) Proponer al Municipio un Plan de Trabajo,  de prevención y lucha de la drogadependencia, para su aplicación en el ámbito de Las Varillas; el cual propenderá a : 1) La participación de la iniciativa social en la construcción de las políticas de drogadependencias; 2) La producción y el desarrollo de proyectos y políticas activas y transversales en materia de drogadependencia; 3) La promoción de la salud de la población general y la protección de los menores en particular; 4) La coordinación de actividades con instituciones, colectivos y entidades públicas, nacionales, provinciales y municipales con la finalidad de desarrollar programas tendientes al logro de objetivos de este consejo; 5) la concientización, prevención, contención y recuperación de personas afectadas por la drogadependencia y su integración social, mediante el desarrollo de planes de formación profesional y promoción de empleo; 6) La creación de sistemas de información capaz de integrar aquella que pueda resultar de interés y utilidad del Municipio para la organización y puesta en marcha de iniciativas en materia de drogadependencias;  7) Coordinar acciones con demás dependencias de esta Municipalidad; 8) La promoción y canalización de las demandas de formación básica o especializada para atender las necesidades de los profesionales que trabajan en este campo de intervención; 9) El intercambio de experiencias entre los profesionales de las instituciones, colectivos y entidades públicas con objeto de favorecer los esfuerzos en formación y de incrementar la eficacia de las actuaciones; 10) La coordinación con el  SEPADIC, mediante la suscripción de convenios específicos, para el diseño, ejecución y supervisión de programas y planes de carácter  provincial, referentes a la prevención y la capacitación de agentes de la comunidad, en la temática del uso indebido de drogas y alcohol y sus consecuencias.

ARTICULO 6º: Los gastos que demande el Consejo Consultivo de Prevención y Lucha contra la Drogadependencia  serán imputados a la partida presupuestaria que el Ejecutivo disponga.

ARTICULO 7º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

María Laura Valletto
Concejal Unión por Córdoba



jueves, 24 de mayo de 2012

PROYECTO DE RESOLUCION: PLAQUETA 25 DE MAYO

Este proyecto tiene como objetivo reconocer a quienes hicieron posible que se soñara con una patria libre: nuestros héroes de Mayo!!!



Proyecto de resolución N°………………….2012

Asunto: Plaqueta 25 de mayo de 1810



Visto

El pedido de vecinos de la ciudad de Las Varillas.

La necesidad de reconocer a quienes con valor y firmeza han hecho que nuestro pasado se haga presente y que en ese presente podamos decir que estamos orgullosos de un grupo de personas que supieron defender la patria.

Considerando:

Que se cumplen 202 de la revolución de Mayo, donde de un grupo de jóvenes revolucionarios convocó a un Cabildo Abierto y de esta manera empodera a la incipiente nación, que con el paso del tiempo y la acción de los hombres, nos pone hoy independientes ante el mundo.

Que este grupo de hombres supo enfrentar a una nación dominadora y poner la voluntad del pueblo ante ella, haciendo oír voces silenciadas hasta en el momento.

Que es necesario reconocer a los integrantes de la Primera Junta de Gobierno Patrio, y al hacerlo con ellos, lo hacemos con el pueblo que necesitaba la emancipación.

Que este reconocimiento es un deber para nosotros, un derecho para nuestros jóvenes que deben ver en la historia la posibilidad de construcción del futuro.



EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS, SANCIONA CON FUERZA DE 

RESOLUCIÓN: 

ART.1) Constúyase una plaqueta con los nombres de los integrantes de la Primera Junta de Gobierno Patrio:

Presidente: Cornelio Saavedra

Vocales: Juan José Castelli,

Manuel Belgrano,

Miguel de Azcuénaga,

Manuel Alberti,

Domingo Matheu

Juan Larrea

Secretarios: Juan José Paso

Mariano Moreno

Art.2) Colóquese esta plaqueta en la Plazoleta del Bicentenario, lugar por excelencia para que luzcan estos héroes patriota y puedan ser honrados e inmortalizados.

Art. 3) De forma

jueves, 17 de mayo de 2012

PEDIDO DE INFORME: PRESUPUESTO EJECUTADO

Pedido de informe presentado el día 17 de mayo de 2012.-



Pedido de informe

Visto:

La necesidad de contar con datos numéricos que reflejan la situación económica y el funcionamiento de la Municipalidad de Las Varillas

Considerando:

Que en oportunidades anteriores la información era solicitada y entregada de manera directa al Concejal que lo solicitara.
Que luego de dos meses de la asunción de las nuevas autoridades del Poder Legislativo, fuera negado el acceso directo a la información de datos públicos.
Que es necesario, para un funcionamiento adecuado, conocer y analizar la situación económica de la Municipalidad de Las Varillas.
Que el conocimiento sobre información municipal por parte de todos los actores, permite la posibilidad de contar con diferentes opiniones, de recibir sugerencias, de trabajar mancomunadamente.

Por todo lo enunciado el Concejo Deliberante de La Ciudad de Las Varillas solicita el siguiente pedido de informe:

Art. N°1) Solicitar al PEM de la Ciudad de Las Varillas, la realización de un informe del presupuesto municipal ejecutado del primer trimestre del año 2012.Art. 

N° 2) Enviar una copia del presupuesto municipal ejecutado al Concejo Deliberante para su análisis directo.

Art. N° 3) De forma

María Laura Valletto
Concejal Unión por Córdoba - Frente para la Victoria

jueves, 10 de mayo de 2012

PROYECTO CONJUNTO: PEDIDO DE INFORME ORDENANZA 71/08

Este pedido de informe ha sido presentado de manera conjunta entre el bloque de Unión por Las Varillas y de Unión por Córdoba-Frente para la Victoria, solicitando información sobre la Ordenanza 71/08.-



Pedido de Informe N°_____/2012
Asunto:  ORDENANZA 71/2008
Visto:
Visto:
Que es necesario transparentes acciones de gobierno.
Que la  Ord. Nº 71/08, sancionada hace 4 años y la importancia que ella reviste.
Considerando:
           Que la mencionada norma establece que lo recaudado en concepto por multas y sanciones en violación de la ordenanza Nº 84/98 y sus modificatorias, por conducción vehicular bajo los efectos del alcohol, será distribuido entre distintos entes que están abocados al trabajo preventivo, a razón de un 25% para A.LU.C.CA; 25% para Amigos del Bien; otro 25% para el Grupo de Padres para el Control de alcoholemia, quienes trabajan desde sus respectivas instituciones incondicionalmente y sin fines de lucro; y que el 25% restante es destinado a incrementar el Presupuesto Municipal para ser invertido en infraestructura de la Policía Municipal.-
         Que la encargada de distribuir en concepto de subsidio a cada una de las tres primeras entidades es nuestra Municipalidad a través de la Secretaría de Gobierno.
Por todo lo expuesto es que:
Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Las Varillas
Sanciona con fuerza de:
Pedido de Informes
Artículo 1º) Solicitamos informe de:
A) Monto recaudado desde la fecha de sanción de la Ord.71/08 hasta el día de la fecha.
B) Monto semestral recaudado, fecha y suma de entrega a cada institución.
C)Detalle de la inversión efectuada para infraestructura de la Policía Municipal.-
Artículo 2°)   Infórmese sobre:
A)      Las acciones políticas llevadas a cabo por la Secretaría de Gobierno en cuanto al control de tránsito y otras tareas relacionadas con esa secretaría en cuanto al cumplimiento de las ordenanzas que la incumben.
B)      Periodicidad con que  la Policía Municipal inspecciona comercios, supermercados, quioscos etc. haciendo cumplir la ordenanza referida a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores.
C)             Cantidad de actas que se han labrado ese Juzgado Regional de Faltas sobre desde el año 2011 hasta la fecha por la Polícia Municipal de Tránsito, como así también por la Policía de la Provincia Departamental San Justo, Comisaría de Distrito Las Varillas en el radio Municipal de nuestra ciudad.
Artículo 3º) De forma



PROYECTO DE RESOLUCIÓN: SEMAFORO CALLE SARMIENTO

Este proyecto de resolución solicita el cumplimiento de la ordenanza sancionada hace nueve meses, que establece la colocación de un semáforo en la Calle Sarmiento, debido al elevado tránsito y a la inmediatez de la Universidad Popular Las Varillas Dr. Lorenzo J. Ortiz.-




Proyecto de resolución N...2012
Asunto:  Semáforo en calle Sarmiento


Visto:
 La Ordenanza N°148/11 fue sancionada el día 06/07/2011.

Que en ella se solicita:
a) La colocación de semáforos sobre la calle Sarmiento en el cruce con calles Intendente Irazusta y Martín Fierro.
b)  A los efectos de dinamizar la circulación vehicular dicha señalización será de dos tiempos y con prohibición de giro hacia la izquierda.
c) Establecer que el acceso sur a la calle Martín Fierro en intersección con calle Sarmiento, es decir el proveniente del centro de la ciudad, sea obligatorio el giro hacia la derecha.

Que justifica esta Ordenanza la necesidad brindar seguridad a los peatones que utilizan la senda peatonal del Paseo del Caminante como vía para transitar; que esa arteria ya tiene un tránsito importante, toda vez que une el cementerio local con el centro de la ciudad haciendo del mencionado cruce algo dificultoso; que en las cercanías se suma la instalación de la Universidad Popular Las Varillas Dr. Lorenzo J. Ortiz, que cuenta hoy con más de 100 alumnos que le da un valor agregado a los considerandos pre-citados;

CONSIDERANDO:
Que han transcurrido nueve meses de la sanción de la ordenanza N° 148/11 y no se ha hecho efectiva la instalación del semáforo solicitado, por ende no existe la medida de seguridad necesaria entre las calles Sarmiento en el cruce con calles Intendente Irazusta y Martín Fierro.

        
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:
Art. 1º) Instar al PEM al cumplimiento de la Ordenanza 148/2011 a la mayor brevedad posible, atendiendo al Art. 83 inciso 7 de nuestra COM que versa que es facultad del Poder Ejecutivo Municipal “promulgar, publicar, cumplir y hacer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante…”

Art.2) De forma.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: PUBLICIDAD ACTOS DE GOBIERNO

La transparencia es una virtud y una necesidad en un gobierno. Está establecido por Carta Orgánica Municipal que se debe realizar publicidad de actos de gobierno. Hoy se está incumpliendo la publicación de los decretos emanados por el Poder Ejecutivo Municipal. Esta resolución insta al PEM que cumpla con la ordenanza.



PROYECTO DE RESOLUCION N°____/2012

Asunto: Publicidad de actos de gobierno.

Visto:
Que la Ordenanza 118/05 reza en su artículo N°1: Dispóngase la publicación de la totalidad de las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones, que se  dicten a partir de la presente,  en la página web de la Municipalidad de Las Varillas de denominada www.lasvarillas.gov.ar, y cuyo espacio será denominado “Boletín Informativo Municipal”.
Que se está incumpliendo la publicación de decretos emanados del PEM.

Considerando:

                        Que  en nuestra Carta Orgánica, en su artículo 12 dice: “Fundado en los principios republicanos, el Municipio debe asegurar la publicidad de sus actos de gobierno, con tal fin posibilitará el acceso directo del ciudadano a la información de los mismos”.

Que los gobernantes han accedido legítimamente al poder gracias al pronunciamiento de los ciudadanos y que por ello deben actuar de conformidad con la ley y dando cumplimiento al mandato que inviste,  concretándose ésto en un marco de transparencia, de rendición de cuentas, de responsabilidad.

Que la publicación de los Decretos emanados por el Poder Ejecutivo Municipal ayuda a construir la imagen de transparencia necesaria de este gobierno.
Que es un deber del PEM la publicidad de los actos de gobierno.

Que la Ordenanza 118/05 no se está cumpliendo.                   
                         
                        

                        Por todo lo enunciado,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE:
RESOLUCIÓN:
Art. 1º) Solicitar al Poder Ejecutivo se proceda a dar cumplimiento como corresponde a lo establecido por Ordenanza 118/05 y se instrumente la publicación de los Decretos y Resoluciones a través de la página web.

Art. 2º) Se disponga un archivo en secretaría, de este H. C. D., de una copia de cada uno de los Decretos y Resoluciones emanadas del Poder Ejecutivo.

Art. 3º) De forma.



miércoles, 2 de mayo de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL

En el día de hoy se presentó un proyecto que estimula participación ciudadana, con el objetivo de que la población conozca y de esta manera puede interpretar y controlar el Presupuesto General de Gastos.
Esta Ordenanza Implementa el Presupuesto Participativo Municipal, mediante el cual los ciudadanos, organizados por barrios, diseñan y llevan a cabo un presupuesto donde se plasman las necesidades del barrio y la comunidad. De este modo son los mismos vecinos quienes priorizan las necesidades y llevan adelante acciones para cubrirlas.


PROYECTO DE ORDENAZA N°……/2012
 

ASUNTO: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL



VISTO:
Que el presupuesto es la herramienta fundamental de un plan global de gobierno, que se pone en marcha con el fin de cubrir las demandas de la población.



CONSIDERANDO:
Que los presupuestos se adoptan con escasa participación de
la ciudadanía. El presupuesto es elaborado por el Poder Ejecutivo y, luego, el Concejo Deliberante aprueba y controla la gestión.
Que la mayoría de los ciudadanos conocen poco o nada acerca del sistema presupuestario en su conjunto; esto limita su posibilidad de participar en su formulación y evaluarlo de manera sustancial.
Que  impulso de transparencia y participación ciudadana refleja la naturaleza de un buen gobierno en una comunidad, de una sociedad abierta y democrática: ciudadanía informada, canales formales de participación pública, mecanismos de rendición de cuentas, procesos de gobierno transparentes.
Que es necesario estimular la participación ciudadana y que transparencia más participación constituyen la base de un proceso presupuestario democrático.



EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: 

Art. 1°.- INSTITÚYASE   el   proceso    de  “Presupuesto   Participativo   Las Varillas”,   para   la          Municipalidad de la Ciudad Las Varillas.

Art. 2°.- El Presupuesto Participativo Las Varillas es un proceso de participación vecinal, voluntario y universal, dónde la población debate, decide y controla el destino de los recursos a presupuestar para proyectos de obras, servicios y políticas sociales que realizará, prestará y ejecutará, en el ejercicio siguiente, la Municipalidad de la Ciudad de Las Varillas.

Art. 3°.- Son objetivos del Presupuesto Participativo:


a)      Promover la democracia participativa a fin de profundizar el sistema democrático.

b)      Propiciar la más amplia participación vecinal en el diagnóstico y priorización de necesidades para el diseño, ejecución y seguimiento de los proyectos de obras, servicios y políticas sociales que integran el presupuesto de esta ciudad.

c)      Crear, garantizar y consolidar espacios públicos de integración, participación y gestión asociada entre los vecinos y la Municipalidad de Las Varillas.

d)     Responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades barriales en la construcción de una ciudad más justa e igualitaria, en pos de tender a que la Municipalidad garantice libertad, la justicia social y el sistema representativo, republicano, democrático y participativo.

Art. 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal determina, anualmente, el monto afectado al proceso del Presupuesto Participativo.

El monto afectado al proceso del Presupuesto Participativo  en ningún caso debe ser inferior al 10% del total de los recursos destinados a obra pública contenidos en el Presupuesto General de Gastos sancionado  para el ejercicio en el que se diseñan y priorizan los proyectos que hagan al bien común de la comunidad.

Art. 5°.- Será el órgano de aplicación de la presente ordenanza la Secretaría de Gobierno.


Art. 6°.- Son atribuciones del Órgano de Aplicación las siguientes:

a)      Dictar el Reglamento Interno del Presupuesto Participativo de Las Varillas y modificarlo a propuesta de los delegados barriales designados por los distintos centros vecinales.

b)      Convocar y garantizar el desarrollo de todas las instancias de participación vecinal, especialmente las vinculadas al proceso de Presupuesto Participativo Las Varillas

c)      Garantizar la difusión masiva de las instancias de participación vecinal vinculadas especialmente  al asunto de Presupuesto Participativo.

d)     Garantizar, en tiempo y forma, la información necesaria para el desarrollo del debate y la toma de decisiones por parte de los vecinos en todas las instancias del proceso de Presupuesto Participativo.

e)      Organizar cursos, seminarios y talleres de capacitación, anuales y gratuitos, sobre Presupuesto Público, Presupuesto Participativo, Institutos de Democracia  Semidirecta y cualquier otro mecanismo que promueva la participación vecinal, y la formación y capacitación de líderes comunitarios.

f)       Organizar cursos, seminarios y talleres, destinados al personal municipal, con el objetivo de sensibilizarlos y capacitarlos en la temática del Proceso de Presupuesto Participativo.

Art. 7°.- La metodología del Presupuesto Participativo  garantiza cuatro  instancias de  participación vecinal, a saber:

a)    Del diagnóstico

b)    De la Deliberación a escala de la Zona Barrial.

c)    De la Decisión en el Taller de Presupuesto Participativo:

d)    Del Control: de la ejecución de los programas incorporados.

Del Diagnóstico


Art. 8°.-  En cada barrio, los vecinos debaten y          aprueban el diagnóstico de situación, a escala de esa zona, en base al relevamiento de las necesidades urbano-sociales realizada por los mismos vecinos.

De la Deliberación

Art. 9°.- Los vecinos de cada barrio son convocados por la Secretaría de Gobierno, en    el que  deben tratar las siguientes cuestiones principales a saber:

a)      La elección de  los Delegados Barriales para el Taller de Presupuesto Participativo.

b)                 Debate y información de las necesidades emanadas del diagnóstico.

De la Decisión

Art. 10°.- Los  Delegados  Barriales  integran el Taller del Presupuesto Participativo, en el Taller los Delegados Barriales deben:



a) Priorizar los problemas barriales con una visión local, a partir de las necesidades urbano-sociales.

b) Estudiar la factibilidad técnica y elaborar las soluciones.

c) Calcular los recursos necesarios para la concreción de los proyectos.

d) Establecer los proyectos prioritarios y solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal su incorporación en un Anexo que formará parte del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal, para el año siguiente.



Para desempeñar con eficacia y eficiencia lo detallado en los incisos b) y c), los Delegados Barriales serán asistidos permanentemente por personal técnico y funcionarios municipales.

Del Control

Art. 11°.- La instancia de Control cierra el proceso del Presupuesto Participativo. Es competencia de la Secretaría de Gobierno,  el seguimiento y control permanente de los proyectos priorizados por ese Taller de Presupuesto Participativo e incorporados en el Anexo del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal Del Anexo del Presupuesto General  

Art. 12°.- Los proyectos diseñados y priorizados, por los Delegados Barriales, en los Talleres del Presupuesto Participativo constituyen un ANEXO que el Departamento Ejecutivo Municipal debe incorporar al Proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Administración Municipal para el año siguiente,  antes de ser remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento y posterior sanción.

Art. 13°.-  DE FORMA







PROYECTO: DECLARACION DE INTERES MUNICIPAL LIBRO "EL CLUB MITRE CUENTA SU HISTORIA"

Porque creemos que las Instituciones de nuestra localidad son el motor de los proyectos sociales más grandes y nobles, porque hay que apoyar y estimular las acciones que ellas realizan, el bloque UNION POR CORDOBA - FRENTE PARA LA VICTORIA, solicita que se declare de interés municipal el libro publicado por el Club Mitre y escrito por el Sr. René Celayes.-

PROYECTO DE RESOLUCIÓN N°………………./2012

Asunto: Declaración de Interés Municipal libro “El Club Mitre cuenta su historia”.-

VISTO:
Que el Club Bartolomé Mitre de Las Varillas, ha publicado el libro “EL CLUB MITRE CUENTA SU HISTORIA”, escrito por un varillense, el Sr. René Celayes.



CONSIDERANDO:
Que este libro es gestado en el mismo barrio donde se emplaza el Club Mitre.

Que el Club Mitre cuenta con 61 años de vida, brindando diferentes servicios deportivos y sociales a la comunidad de Las Varillas.

Que quien escribe el libro es un varillense, reconocido por su trayectoria en libros referidos a temas varillenses, quien realiza un trabajo de investigación de la historia local y la plasma en papel para inmortalizarla. Además, en un gesto de altruismo dona su trabajo literario al club.

Que el libro narra la historia de un club arraigado en su barrio, que supo consolidarse a través del tiempo.

Que la Comisión del Club Mitre trabajó día a día por hacer posible este hecho que honra al Club y a la gente que pasó por él.



POR TODO LO EXPUESTO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN:



Art. N°1: Declarar de interés municipal el libro “EL CLUB MITRE CUENTA SU HISTORIA”, escrito por el varillense Sr. René Celayes.

Art. N°2: Adquirir y obsequiar un ejemplar del libro a cada biblioteca de nuestra ciudad.

Art.N°3: Los gastos que demande la adquisición de los libros serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.

Art. N°4: Invitar a la Comisión de Club Bartolomé Mitre y al Sr. René Celayes a los efectos de recibir la presente resolución.

Art. N°5: De forma.-