miércoles, 2 de mayo de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL

En el día de hoy se presentó un proyecto que estimula participación ciudadana, con el objetivo de que la población conozca y de esta manera puede interpretar y controlar el Presupuesto General de Gastos.
Esta Ordenanza Implementa el Presupuesto Participativo Municipal, mediante el cual los ciudadanos, organizados por barrios, diseñan y llevan a cabo un presupuesto donde se plasman las necesidades del barrio y la comunidad. De este modo son los mismos vecinos quienes priorizan las necesidades y llevan adelante acciones para cubrirlas.


PROYECTO DE ORDENAZA N°……/2012
 

ASUNTO: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL



VISTO:
Que el presupuesto es la herramienta fundamental de un plan global de gobierno, que se pone en marcha con el fin de cubrir las demandas de la población.



CONSIDERANDO:
Que los presupuestos se adoptan con escasa participación de
la ciudadanía. El presupuesto es elaborado por el Poder Ejecutivo y, luego, el Concejo Deliberante aprueba y controla la gestión.
Que la mayoría de los ciudadanos conocen poco o nada acerca del sistema presupuestario en su conjunto; esto limita su posibilidad de participar en su formulación y evaluarlo de manera sustancial.
Que  impulso de transparencia y participación ciudadana refleja la naturaleza de un buen gobierno en una comunidad, de una sociedad abierta y democrática: ciudadanía informada, canales formales de participación pública, mecanismos de rendición de cuentas, procesos de gobierno transparentes.
Que es necesario estimular la participación ciudadana y que transparencia más participación constituyen la base de un proceso presupuestario democrático.



EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: 

Art. 1°.- INSTITÚYASE   el   proceso    de  “Presupuesto   Participativo   Las Varillas”,   para   la          Municipalidad de la Ciudad Las Varillas.

Art. 2°.- El Presupuesto Participativo Las Varillas es un proceso de participación vecinal, voluntario y universal, dónde la población debate, decide y controla el destino de los recursos a presupuestar para proyectos de obras, servicios y políticas sociales que realizará, prestará y ejecutará, en el ejercicio siguiente, la Municipalidad de la Ciudad de Las Varillas.

Art. 3°.- Son objetivos del Presupuesto Participativo:


a)      Promover la democracia participativa a fin de profundizar el sistema democrático.

b)      Propiciar la más amplia participación vecinal en el diagnóstico y priorización de necesidades para el diseño, ejecución y seguimiento de los proyectos de obras, servicios y políticas sociales que integran el presupuesto de esta ciudad.

c)      Crear, garantizar y consolidar espacios públicos de integración, participación y gestión asociada entre los vecinos y la Municipalidad de Las Varillas.

d)     Responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades barriales en la construcción de una ciudad más justa e igualitaria, en pos de tender a que la Municipalidad garantice libertad, la justicia social y el sistema representativo, republicano, democrático y participativo.

Art. 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal determina, anualmente, el monto afectado al proceso del Presupuesto Participativo.

El monto afectado al proceso del Presupuesto Participativo  en ningún caso debe ser inferior al 10% del total de los recursos destinados a obra pública contenidos en el Presupuesto General de Gastos sancionado  para el ejercicio en el que se diseñan y priorizan los proyectos que hagan al bien común de la comunidad.

Art. 5°.- Será el órgano de aplicación de la presente ordenanza la Secretaría de Gobierno.


Art. 6°.- Son atribuciones del Órgano de Aplicación las siguientes:

a)      Dictar el Reglamento Interno del Presupuesto Participativo de Las Varillas y modificarlo a propuesta de los delegados barriales designados por los distintos centros vecinales.

b)      Convocar y garantizar el desarrollo de todas las instancias de participación vecinal, especialmente las vinculadas al proceso de Presupuesto Participativo Las Varillas

c)      Garantizar la difusión masiva de las instancias de participación vecinal vinculadas especialmente  al asunto de Presupuesto Participativo.

d)     Garantizar, en tiempo y forma, la información necesaria para el desarrollo del debate y la toma de decisiones por parte de los vecinos en todas las instancias del proceso de Presupuesto Participativo.

e)      Organizar cursos, seminarios y talleres de capacitación, anuales y gratuitos, sobre Presupuesto Público, Presupuesto Participativo, Institutos de Democracia  Semidirecta y cualquier otro mecanismo que promueva la participación vecinal, y la formación y capacitación de líderes comunitarios.

f)       Organizar cursos, seminarios y talleres, destinados al personal municipal, con el objetivo de sensibilizarlos y capacitarlos en la temática del Proceso de Presupuesto Participativo.

Art. 7°.- La metodología del Presupuesto Participativo  garantiza cuatro  instancias de  participación vecinal, a saber:

a)    Del diagnóstico

b)    De la Deliberación a escala de la Zona Barrial.

c)    De la Decisión en el Taller de Presupuesto Participativo:

d)    Del Control: de la ejecución de los programas incorporados.

Del Diagnóstico


Art. 8°.-  En cada barrio, los vecinos debaten y          aprueban el diagnóstico de situación, a escala de esa zona, en base al relevamiento de las necesidades urbano-sociales realizada por los mismos vecinos.

De la Deliberación

Art. 9°.- Los vecinos de cada barrio son convocados por la Secretaría de Gobierno, en    el que  deben tratar las siguientes cuestiones principales a saber:

a)      La elección de  los Delegados Barriales para el Taller de Presupuesto Participativo.

b)                 Debate y información de las necesidades emanadas del diagnóstico.

De la Decisión

Art. 10°.- Los  Delegados  Barriales  integran el Taller del Presupuesto Participativo, en el Taller los Delegados Barriales deben:



a) Priorizar los problemas barriales con una visión local, a partir de las necesidades urbano-sociales.

b) Estudiar la factibilidad técnica y elaborar las soluciones.

c) Calcular los recursos necesarios para la concreción de los proyectos.

d) Establecer los proyectos prioritarios y solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal su incorporación en un Anexo que formará parte del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal, para el año siguiente.



Para desempeñar con eficacia y eficiencia lo detallado en los incisos b) y c), los Delegados Barriales serán asistidos permanentemente por personal técnico y funcionarios municipales.

Del Control

Art. 11°.- La instancia de Control cierra el proceso del Presupuesto Participativo. Es competencia de la Secretaría de Gobierno,  el seguimiento y control permanente de los proyectos priorizados por ese Taller de Presupuesto Participativo e incorporados en el Anexo del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal Del Anexo del Presupuesto General  

Art. 12°.- Los proyectos diseñados y priorizados, por los Delegados Barriales, en los Talleres del Presupuesto Participativo constituyen un ANEXO que el Departamento Ejecutivo Municipal debe incorporar al Proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Administración Municipal para el año siguiente,  antes de ser remitido al Concejo Deliberante para su tratamiento y posterior sanción.

Art. 13°.-  DE FORMA







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