En el día de hoy se presentó un proyecto que estimula participación ciudadana, con el objetivo de que la población conozca y de esta manera puede interpretar y controlar el Presupuesto General de Gastos.
Esta Ordenanza Implementa el Presupuesto Participativo Municipal, mediante el cual los ciudadanos, organizados por barrios, diseñan y llevan a cabo un presupuesto donde se plasman las necesidades del barrio y la comunidad. De este modo son los mismos vecinos quienes priorizan las necesidades y llevan adelante acciones para cubrirlas.
PROYECTO
DE ORDENAZA N°……/2012
ASUNTO: PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MUNICIPAL
VISTO:
Que
el presupuesto es la herramienta fundamental de un plan global de gobierno, que
se pone en marcha con el fin de cubrir las demandas de la población.
CONSIDERANDO:
Que los
presupuestos se adoptan con escasa participación de
la
ciudadanía. El presupuesto es elaborado por el Poder Ejecutivo y, luego, el
Concejo Deliberante aprueba y controla la gestión.
Que
la mayoría de los ciudadanos conocen poco o nada acerca del sistema
presupuestario en su conjunto; esto limita su posibilidad de participar en su
formulación y evaluarlo de manera sustancial.
Que impulso de transparencia y participación
ciudadana refleja la naturaleza de un buen gobierno en una comunidad, de una sociedad
abierta y democrática: ciudadanía informada, canales formales de participación
pública, mecanismos de rendición de cuentas, procesos de gobierno
transparentes.
Que
es necesario estimular la participación ciudadana y que transparencia más
participación constituyen la base de un proceso presupuestario democrático.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS
VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art. 1°.- INSTITÚYASE el
proceso de “Presupuesto
Participativo Las Varillas”, para
la Municipalidad de la
Ciudad Las Varillas.
Art. 2°.- El Presupuesto Participativo Las Varillas es un proceso de
participación vecinal, voluntario y universal, dónde la población debate,
decide y controla el destino de los recursos a presupuestar para proyectos de
obras, servicios y políticas sociales que realizará, prestará y ejecutará, en
el ejercicio siguiente, la Municipalidad de la Ciudad de Las Varillas.
Art. 3°.- Son objetivos del Presupuesto Participativo:
a)
Promover la democracia participativa a fin de
profundizar el sistema democrático.
b) Propiciar
la más amplia participación vecinal en el diagnóstico y priorización de
necesidades para el diseño, ejecución y seguimiento de los proyectos de obras, servicios y políticas
sociales que integran el presupuesto de esta ciudad.
c)
Crear, garantizar y consolidar espacios públicos
de integración, participación y
gestión asociada entre los vecinos y la Municipalidad de Las Varillas.
d)
Responder a las necesidades y aspiraciones de las
comunidades barriales en la construcción de una ciudad más justa e igualitaria,
en pos de tender a que la Municipalidad garantice libertad, la justicia social
y el sistema representativo, republicano, democrático y participativo.
Art. 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal
determina, anualmente, el monto afectado al proceso del Presupuesto
Participativo.
El
monto afectado al proceso del Presupuesto Participativo en ningún caso debe ser inferior al 10%
del total de los recursos destinados a obra pública contenidos en el
Presupuesto General de Gastos sancionado
para el ejercicio en el que se diseñan y priorizan los proyectos que
hagan al bien común de la comunidad.
Art. 5°.- Será el órgano de aplicación de la presente
ordenanza la Secretaría de Gobierno.
Art. 6°.- Son atribuciones del
Órgano de Aplicación las siguientes:
a)
Dictar el Reglamento Interno del Presupuesto
Participativo de Las Varillas y modificarlo a propuesta de los delegados
barriales designados por los distintos centros vecinales.
b)
Convocar y garantizar el desarrollo de todas las
instancias de participación vecinal, especialmente las vinculadas al proceso de
Presupuesto Participativo Las Varillas
c)
Garantizar la difusión masiva de las instancias
de participación vecinal vinculadas
especialmente al asunto de Presupuesto
Participativo.
d)
Garantizar, en tiempo y forma, la información
necesaria para el desarrollo del debate y la toma de decisiones por parte de
los vecinos en todas las instancias del proceso de Presupuesto Participativo.
e)
Organizar cursos, seminarios y talleres de
capacitación, anuales y gratuitos, sobre Presupuesto Público, Presupuesto
Participativo, Institutos de Democracia
Semidirecta y cualquier otro mecanismo que promueva la participación
vecinal, y la formación y capacitación de líderes comunitarios.
f)
Organizar cursos, seminarios y talleres,
destinados al personal municipal, con el objetivo de sensibilizarlos y
capacitarlos en la temática del Proceso de Presupuesto Participativo.
Art. 7°.- La metodología del Presupuesto
Participativo garantiza cuatro instancias de
participación vecinal, a saber:
a)
Del diagnóstico
b)
De la Deliberación a
escala de la Zona Barrial.
c)
De la Decisión en el
Taller de Presupuesto Participativo:
d)
Del Control: de
la ejecución de los programas incorporados.
Del Diagnóstico
Art. 8°.- En
cada barrio, los vecinos debaten y aprueban el diagnóstico de situación, a
escala de esa zona, en base al relevamiento de las necesidades urbano-sociales
realizada por los mismos vecinos.
De la Deliberación
Art. 9°.- Los vecinos de cada barrio son convocados por la
Secretaría de Gobierno, en el que deben tratar las siguientes cuestiones
principales a saber:
a)
La elección de
los Delegados Barriales para el Taller de Presupuesto Participativo.
b)
Debate y información de las necesidades emanadas
del diagnóstico.
De la Decisión
Art.
10°.- Los
Delegados Barriales integran el Taller del Presupuesto
Participativo, en el Taller los Delegados Barriales deben:
a) Priorizar los problemas barriales con una
visión local, a partir de las necesidades urbano-sociales.
b) Estudiar la factibilidad técnica y elaborar
las soluciones.
c) Calcular los recursos necesarios para la
concreción de los proyectos.
d) Establecer los proyectos prioritarios y
solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal su incorporación en un Anexo que
formará parte del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de
la Administración Municipal, para el año siguiente.
Para
desempeñar con eficacia y eficiencia lo detallado en los incisos b) y c), los
Delegados Barriales serán asistidos permanentemente por personal técnico y
funcionarios municipales.
Del Control
Art. 11°.- La instancia de
Control cierra el proceso del Presupuesto Participativo. Es competencia de la
Secretaría de Gobierno, el seguimiento y
control permanente de los proyectos priorizados por ese Taller de Presupuesto Participativo e
incorporados en el Anexo del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Municipal Del
Anexo del Presupuesto General
Art. 12°.- Los proyectos
diseñados y priorizados, por los Delegados Barriales, en los Talleres del Presupuesto Participativo
constituyen un ANEXO que el Departamento Ejecutivo Municipal debe incorporar al
Proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos
de la Administración Municipal para el año siguiente, antes de ser remitido al Concejo Deliberante
para su tratamiento y posterior sanción.
Art. 13°.- DE
FORMA
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