jueves, 22 de agosto de 2013

Asunto: “Registro Permanente de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de la ciudad de la Ciudad de Las Varillas.-

Proyecto de Ordenanza.

Asunto: “Registro Permanente de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de la ciudad de la Ciudad de Las Varillas.-


Art. 1o.- CRÉASE el “Registro Permanente de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de la ciudad de la Ciudad de Las Varillas.-
Art. 2o.- Se inscribirán en dicho Registro Permanente todas las esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos que ya  se encuentren emplazados en espacios públicos, como así también todos los bienes de este tipo que se incorporen en el futuro al Patrimonio Municipal a futuro.
Art. 3o.- A los efectos de la confección del Registro Permanente, la Dirección de Cultura de la Ciudad de Las Varillas completará y actualizará en el plazo de un (1) año el inventario integral de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de propiedad municipal. Una vez practicado el inventario, se confeccionará un Catálogo que contendrá todas las esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de propiedad municipal y un Mapa de Riesgo de las obras incluidas en el   Catálogo.
Art. 4o.- CRÉASE la “Comisión Honoraria Mixta para la Protección de Obras Ornamentales, Artísticas y Conmemorativas de la Ciudad”, la que tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar y colaborar en la confección del inventario de obras de arte, estatuas, esculturas y murales localizados en espacios abiertos de la Ciudad a los fines de ser incorporadas al Registro Permanente creado por la presente Ordenanza;
b) Participar de la confección de un Catálogo y Mapa de Riesgo de los bienes culturales relevados;
c) Reportar daños y proponer acciones de restauración, puesta en valor, conservación preventiva, señalización y protección;
d) Proponer la relocalización en los casos en que se considere necesaria;
h) Proponer un Reglamento para su funcionamiento, el que deberá ser aprobado por el Pem.
Art. 5o.- LA Comisión Honoraria Mixta para la Protección de Obras Ornamentales, Artísticas y Conmemorativas de la Ciudad estará integrada por un Concejal de cada bancada y La Directora de Cultura, y tres artistas locales a designar por el Ejecutivo.
Art. 6o.- LA Municipalidad de Las Varillas publicará en su página web el “Registro permanente de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de la ciudad de Córdoba”, y difundirá las acciones vinculadas a la aplicación de la presente Ordenanza. Se habilitará un link específico para receptar denuncias y propuestas de los vecinos de la Ciudad vinculadas con los objetivos de esta
Ordenanza.
Art. 7o.- LA Dirección de Cultura de la Municipalidad de Las Varillas será el Organismo de Aplicación de la presente Ordenanza.
Art. 8°.- De forma.-



Fundamentos

En la ciudad de Las Varillas varios artistas locales han emplazado esculturas que la embellecen.
Estas esculturas fueron el esfuerzos de muchas horas de trabajo sin descanso, ya que muchos escultores tienen otros trabajos a los que responder mientras cultivan su arte.
Es digno de destacar esta actitud de aquellos que ven en el arte una posibilidad de expresión.
Como contrapartida de ello vemos que algunas de ellas no son cuidadas y preservadas como se merecen y solo lo hacen los escultores que les dieron vida.
Es necesario que el Municipio tome cartas en el asunto y valore el trabajo realizado por estos varillenses y una manera de hacerlo es preservando sus obras de arte para que trasciendan en el tiempo. 
Por ello se propone la creación delRegistro Permanente de esculturas, estatuas, monumentos conmemorativos y elementos ornamentales artísticos de la ciudad de la Ciudad de Las Varillas.
Una comisión realizará el registro, un catálogo de las obras y velará por su perfecto estado.
Es una manera de tomar responsablemente al arte como forma de expresión y como elemento embellecedor del medio y ademàs valorar a las personas que día a día dedican su tiempo y su pasión a esta actividad.


María Laura Valletto
Concejal

jueves, 15 de agosto de 2013

Pedido de informe: Tránsito

Pedido de informe

Asunto: Tránsito

Visto:
Que ha cambiado la modalidad de toma de examen para los carnet de conducir, modalidad que venía siendo realizada desde hace años.

Considerando:
Que la entrega de un carnet de conducir a una persona que va a manejar por primera vez, es una responsabilidad que el Municipio tienen que tomar con seriedad, ya que estas personas pasaran a formar parte de la circulación de la ciudad.
Que hace años la Municipalidad de Las Varillas cuenta con empleados que realizan la capacitación, y el examen requerido por ley.
Que se ha contratado a una empresa que realizaría la capacitación y tomaría el examen previo a otorgar el carnet de conducir. 
Que esto implica la erogación de un gasto, si consideramos que ya había empleados que realizaran este trabajo.
Que es importante informar a la población sobre los cambios en los procedimientos para que ésta concurra con comodidad y aprenda las normas de tránsito necesarias para circular por la ciudad con seguridad.
Que numerosos vecinos de la ciudad han realizado quejas sobre la implementación de esta nueva modalidad de trabajo.


                             POR TODO LO EXPUESTO SE SOLICITA
                                EL PRESENTE PEDIDO DE INFORME

Art. 1) Solicitar el PEM y a través de él al Secretario de Gobierno un informe, el cual deberá contener:
Nombre de la empresa contratada para la realización de la capacitación y del examen para el otorgamiento del carnet de conducir.
Nombre de los titulares de la empresa.
Papeles que demuestren la habilitación de la empresa para realizar este trabajo.
Modalidad de contrato de trabajo efectuada y monto de la contratación.
Motivos por los que se hizo necesario contratar a esta empresa.
Fechas en las que se realizarán las capacitaciones: periodicidad, horarios.
Impacto que se desea lograr con esta nueva modalidad de trabajo.

Art.2) De forma.-

jueves, 8 de agosto de 2013

PROYECTO: OFICINA DE ASESORAMIENTO PARA LA ADOPCION

ASUNTO: 

             OFICINA MUNICIPAL DE ASISTENCIA A LA ADOPCION DE 
                              LAS VARILLAS.

Art. 1) Crèase la Oficina Municipal de Asistencia a la  Adopción de Las Varillas.
Art. 2) La Oficina cumplirá con la tarea de informar, orientar y asesorar a las personas o parejas que manifiestan su deseo de iniciar gestiones como aspirantes a la guarda con fines adoptivos, y requieran la ampliación y la profundización de sus derechos y deberes sobre los pasos a cumplimentar por los distintos estamentos del Estado, interactuando con los organismos jurisdiccionales competentes, otras entidades públicas y las organizaciones de la sociedad abocadas a la temática.
Art. 3) El objetivo de esta oficia será atender la problemática que abarca a las personas o parejas que manifiestan su deseo de adoptar y asesorar a quienes deseen iniciar gestiones como aspirantes a la guarda con fines adoptivos.
Art. 4) La Oficina colaborará en la correcta aplicación de la legislación vigente por parte de los actores intervinientes en la citada problemática y articular con los organismos del sistema integral de promoción y protección de los derechos del niño, niña y adolescente.
Art.5) Serán los integrantes de esta oficina personal de la planta funcional de la Municipalidad que refuncionalizán su horario y actividades para abocarse a tal fin.
Art. 6) Se facultará al PEM a elaborar el reglamento que organice a la Oficina de asesoramiento en Adopción.
Art. 7) De forma.-

FUNDAMENTOS

El hombre es un ser social, y las sociedades se construyen y transforman constituyendo la vida social.
La familia es parte de esta sociedad que construye identidades, que provee a sus hijos de emociones, sensaciones, valores.
La posibilidad de planificar una familia es un deseo que muchas personas tienen y muchas logran este objetivo. Pero otras, por diferentes circunstancias, no llegan a tener la familia anhelada. 
Los trámites de adopción son difíciles de iniciar, muchas veces las personas no saben a quién dirigirse, cómo hacerlo. También es difícil dar con toda la documentación necesaria que se requiere a tales afectos. El proceso es largo y largo el peregrinar, al que se suma la angustia de ver cada vez más lejos el sueño cumplido.
Es un despropósito que muchas personas no inicien los trámites de adopción por desconocimiento del procedimiento, o que abandonen este proceso por falta de asesoramiento.
Muchos más grande es el despropósito cuando los trámites no se inician por falta de dinero y así se ve truncado el sueño de tener hijos por una factor económico.
El Estado en su función de protector de la sociedad, tiene la obligación de velar por el crecimiento de la misma. Es función indeclinable del Estado generar acciones que hagan a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. La municipalidad de Las Varillas cuenta con personal suficiente como para generar herramientas para acortar el camino a una adopción y hacer su aporte al crecimiento de esta comunidad.
La generación de una Oficina de Asesoramiento en Adopción es una respuesta a una necesidad puntal, respuesta que hoy puede ser dada desde la Municipalidad de Las Varillas. Esta Oficina tendrá la función de asesorar a quienes deseen adoptar, sobre las disposiciones legales vigentes y los procedimientos que de estas emanen.
De esta manera se contribuye al logro de un sueño y al desarrollo de nuestra comunidad en todos nos ponemos al servicio de un fin común.

jueves, 1 de agosto de 2013

PROYECTO: RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIA

PROYECTO DE ORDENANZA

ASUNTO: RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIA

Art. l).- Crease el Programa "Las Varillas, Responsabilidad Social Empresaria" cuya finalidad será la de promocionar y difundir los principios de la Responsabilidad Social Empresaria.
Art. 2).- El Programa dentro de sus funciones deberá implementar instancias de capacitación dirigidas a empresarios, gerentes, personal de empresas, organizaciones sociales entre otros, espacios de consulta y asesoramiento para empresas, foros de discusión y toda otra actividad formativa que se considere pertinente y contribuya a la difusión y puesta en marcha de los postulados de la Responsabilidad social empresarial.
Art.3).- A los fines del cumplimiento del artículo anterior el programa convocará a Instituciones públicas o privadas y/u organizaciones y/o asociaciones vinculadas con la temática.
Art. 4).- A los fines de promover una mejor interacción de los sectores empresariales con la organización de la comunidad se creara un REGISTRO DE PROYECTOS DE ORGANIZACIONES SOCIALES, con la finalidad que las organizaciones de la sociedad civil, instituciones, grupos con tareas comunitarias, establecimientos educativos públicos o privados, instituciones con trabajo comunitario sin fines de lucro en general. Este registro debe incluir el listado de las empresas que deseen ser parte del programa.
Art. 5) Este registro deberá ser actualizado conforme avance el programa.
Art.6) Será el órgano de aplicación la Dirección de Acción Solidaria, quien servirá de nexo entre las empresas y las instituciones en el desarrollo de proyectos conjuntos.
Art.7) De forma.                                                                                                                                                                                                                        
Fundamentos:

Fundamentan la presente ordenanza la necesidad de promover y apoyar la Responsabilidad Social Empresaria y de propender a una más eficaz interacción del Estado, las Organizaciones de la Sociedad Civil y las Empresas para la proyección de acciones que tiendan al fortalecimiento de las relaciones sociales y al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas Las Varillas.
Que en las sociedades actuales se reconocen tres actores fundamentales en el plano de la interacción para el desarrollo: el Estado, las Organizaciones de la Sociedad Civil y las Empresas.
Que las OSC han adquirido protagonismo al constituirse en los legítimos voceros de necesidades y derechos diversos, que se han planteado desde el ámbito comunitario hacia  el Estado y el sector privado; exigiendo la incorporación de determinados temas en la agenda publica, influyendo directamente en modalidades de gestión y ejecución de las políticas públicas.
Que esta interacción, es un eje central para sociedades que procuran un desarrollo económico sostenible en términos de sociedades más equitativas e incluyentes.
Que es el Estado, a quien le cabe la mayor responsabilidad en este sentido, ya que debe motorizar y viabilizar los cambios en las prácticas sociales que se construyan en función de estos valores colectivos.
Que el Municipio tienen un rol fundamental e indelegable: el de articular y facilitar las relaciones de cooperación.
Que la Responsabilidad Social Empresaria es un concepto abarcativo de como la Empresa se relaciona con la comunidad y sus habitantes, tanto en lo relativo al ámbito donde territorialmente se encuentra enclavado su proceso de producción como los distintos impactos que causa su negocio.
Que dicho concepto de RSE articula distintas dimensiones, que se traduce en un accionar de las Empresas en el sentido de:
Compromiso con la Comunidad
Honestidad y ética empresaria
Protección del Medio Ambiente
Capacitación y Formación de Empleados
Generación de Empleo
La actitud de la Empresa es la de comprometerse a asumir una conducta socialmente responsable, en su accionar global, es decir, en lo referente a su propia gestión interna y Recursos Humanos, en la relación con otros actores de su mismo sector.
Que la definición mas consensuada, es la que hace referencia a  la adopción por parte de las Empresas de un compromiso de participar como ciudadana, contribuyendo a aliviar los problemas de la comunidad donde está inserta asumiendo una conducta crítica.

Esto crea capital social y le otorgan consideración social positiva a la empresa y a la sociedad en su conjunto.

María Laura Valletto
Concejal

PROYECTO: PAVIMENTACION DE CALLES

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ASUNTO: PAVIMENTACION CALLES DE LA CIUDAD

VISTO
El resultado arrojado por el censo realizado en el corriente año por el Inst. Gustavo Martínez Zuviría, que versa que las calles sin asfaltar en nuestra ciudad ascienden a 54,2%.

CONSIDERANDO

Que el tránsito seguro depende de múltiples variables, pero uno de ellos es el buen estado de las calles.
Que el asfaltado es el gran ausente en esta gestión municipal.
Que ha sido utilizado este tema, como promesa de campaña.
Que es necesario el mejoramiento de numerosas calles asfaltadas y el asfaltado de otras por su gran afluencia de tránsito.
Que esto redunda en menos accidentes de tránsito, en una mejor circulación, mayor comodidad de los vecinos que circulan por nuestra ciudad.
Que los días de lluvia, hay calles que se tornan en prácticamente intransitables.
Que es menester  del Municipio generar acciones tendientes a lograr los fondos y elaborar un cronograma de obras para que día a día Las Varillas tenga las calles como los ciudadanos se merecen.

Por todo lo expuesto el CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
LAS VARILLAS
RESUELVE
Art.1) Instar al PEM realizar una relevamiento del estado de las calles de nuestra ciudad.
Art. 2) Realizar una cronograma de obras, donde conste: priorización, acciones, recursos, y el tiempo estimado para realizarla la pavimentación.

Art.3) De forma.-

María Laura Valletto
Concejal.-