miércoles, 28 de mayo de 2014

Proyecto: Eximición impositiva Fosav a jubilados

Asunto eximición impositiva: FOSAV.


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art 1: Exímase   del pago del tributo para el financiamiento de la Salud Pública, establecido por Ordenanza n°176, Año 2012, a  todos los  contribuyentes  que acrediten como único ingreso una jubilación o pensión mínima, nacional o provincial y a personas desocupadas.
Art 2: La exención tendrá  vigencia a partir de la fecha de aprobación de la solicitud.
Art 3: Los trámites para acceder a este beneficio se realizan en la Dirección de Acción Social, durante todo el año.
Art 4 Para acceder al beneficio los contribuyente deben presentar documento; recibos de jubilación o pensión de los últimos 4 meses.

Fundamentos:


Los jubilados son uno de los sectores de la sociedad que más se preocupan por tener sus impuestos al día, demostrando compromiso cívico  y responsabilidad tributaria.

El artículo 136 de la CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL establece que podrán otorgarse excepciones tributarias inspiradas en los principios de justicia social fundadas en la protección del individuo su familia o bien.


EL artículo  71 de la constitución provincial establece que los municipios Pueden fijarse estructuras progresivas de alícuotas, exenciones y otras disposiciones tendientes a graduar la carga fiscal para lograr el desarrollo económico y social de la comunidad.
 Toda política tributaria debe sustentarse en el criterio de Capacidad Contributiva o capacidad de pago que  consiste en la aptitud económico-social para contribuir al sostenimiento del Estado, considerando  las posibilidades  reales de un individuo, más que su sacrificio.
 La  relación existente entre el poder tributario y el poder de eximir, explica que el mismo gobierno que tiene la potestad de aplicar gravámenes tenga correlativamente la de dispensar su pago y constituye una excepción al principio de generalidad que rige al sistema tributario.

El FOSAV establecido en la Ciudad de Las Varillas se cobra sobre todos los tributos municipales, lo q representa un fuerte carga impositiva y bajo el concepto de justicia social hay sectores que deben ser atendidos de manera especial.

Proyecto: Elecciones P.A.S.O Las Varillas


Asunto: Elecciones PASO en Las Varillas

Art.1) Creáse una comisión, conforme al reglamento Interno de este Cuerpo Deliberativo ,que tendrá como función avocarse al análisis de las  posibilidades de establecer un sistema de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O) para seleccionar los candidatos a cargos electivos en la Municipalidad de Las Varillas, de forma similar a la establecida en la Ley  N° 26571.
Art. 2) La Comisión tendrá una vida limitada de 180 días en que analizará las cuestiones que hacen a su objeto , efectuando consultas con Partidos Políticos, Colegios Profesionales, y pudiendo asesorarse com especialistas en el tema que se trata.
Art.3) Concluidos los estudios y análisis indicados, la Comisión hará conocer al Concejo sus conclusiones en la forma establecida en los artículos 33 y 34 del Reglamento Interno.
Art.4) La Comisión se denominará “Comisión de estudio del sistema de elecciones P.A.S.O” y por Concejales de todas las bancadas existentes en su seno.
Art.5) De Forma.-

Fundamento
La presente iniciativa tiene la finalidad de recuperación para el presente sistema electoral  vigente de una herramienta democrática de la vida interna de los partidos políticos.
Debemos superar viejos mecanismos transparentando al máximo los canales de participación, los ámbitos de decisión política, y los sistemas de elección y terminar con escenarios herméticos, a veces poco accesibles a todos.
Por ello se solicita la conformación de una comisión que analice la posibilidad de elecciones PASO en Las Varillas. Esta herramienta  contribuirá a jerarquizar y fortalecer  a los partidos políticos, insustituibles para el buen funcionamiento del sistema democrático.
Es necesario propiciar una normativa que regule la vida interna de los partidos políticos, en lo que respecto al proceso de selección y nominación de sus candidatos a ocupar  cargos electivos.

La democratización de la vida cotidiana debe atravesar el modo de elección de los candidatos a representantes de una localidad. Está vigente la Ley 26571 y ésta debe entrar en discusión en el seno de nuestro Concejo, de ahí que se solicite la creación de una comisión para que abra el debate.

jueves, 22 de mayo de 2014

Proy. de Resolución: Publicación Boletín Oficial

Proyecto de resolución:

Asunto: Publicación Boletín Oficial

Visto
Que la Ordenanza 118\08 que establece la publicación de todas las ordenanzas, decretos, que se dicten a partir de su sanción deben publicarse en la página web de la Municipalidad de Las Varillas, www.lasvarillas.gov.ar en un espacio denominado Boletín Informativo Municipal.

Considerando
Que la transparencia de las acciones de gobierno es un aspecto indispensable en el accionar de todo municipio que se precie de hacer las cosas como deben hacerse.
Que la publicación de las acciones de gobierno en el Boletín Informativo Oficial posibilitan que la ciudadanía acceda a ellas de manera inmediata y pueda conocer el accionar del Municipio y de sus entes autárquicos.
Que actualmente en la mencionada página está publicado solo el boletín oficial de enero de 2014.  Que no se encuentran los meses de febrero hasta la actualidad.
Que esto atenta contra lo establecido en la Ordenanza 118\08 y contra la posibilidad de transparencia municipal y hace incurrir del DEM en una falta a sus deberes de funcionario público.

Por todo lo expuesto el Concejo Deliberante de la ciudad de Las Varillas sanciona con fuerza de Resolución:

Art.1. Instar al DEM a la inmediata aplicación de la Ordenanza 118/08 publicando los Boletines Oficiales en su página web.


Art.2 De Forma.

miércoles, 14 de mayo de 2014

Proyecto de Resolución: Plan de acción ante castástrofes climáticas

Viendo lo acontecido en el mes abril cuando cayó una lluvia de 200mm y provocó inundaciones en un sector de la nuestra localidad.
Muchas calles se vieron anegadas por varios días, lo que provocó que varias familias no pudieran salir de su casa por un tiempo prudencial
Que a pesar del trabajo coordinado de Defensa Civil, muchos vecinos se sintieron desprotegidos ante este hecho climático. Hecho que no puede evitarse pero sí pueden minimizarse sus secuelas.
Estos riegos se pueden minimizar con un plan de acción generado de antemano que brinde seguridad de acción ante estas situaciones que desestabilizan a la comunidad.
Muchas Municipalidades ya han generado planes de acción concretos con pasos a seguir y responsables de cada acción.

POR TODO LO EXPUESTO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCION
Art. 1) Instar al DEM a la realización de un Plan de Acción ante Catástrofes en Las Varillas.
Art. 2) Para la elaboración de dicho Plan se citará a todos los miembros integrantes de Defensa Civil de la localidad.
Art.3) Se establecerán contactos con organismos nacionales y provinciales especialistas en la temática que aporten sus conocimiento y accionar para enriquecer el nombrado Plan.
Art. 4) El Plan de Acción ante Catástrofes de Las Varillas, debe contener como mínimo: listado de acciones a seguir, recursos que necesite cada acción (resguardo de bolsas de arena,  kits de alimentos básicos, kits de dormir: bolsas de dormir y frazadas, bombas extractoras de agua) y los responsables de cada acción.
Art. 5) La Comisión de Defensa Civil se reunirá al finalizar cada operativo a evaluar las acciones desplegadas y analizar la vigencia del Plan y su necesidad de ajustes.

Art. 
6) De forma.-

jueves, 1 de mayo de 2014

Proyecto de Ordenanza: Programa Romper el Silencio

FUNDAMENTO
Este proyecto de ordenanza se basa en hechos acontecidos desde hace ya un tiempo prudente en nuestra localidad y en otras de la provincia, que hacen que los adultos nos pongamos en situación de alerta.
La convivencia de nuestros jóvenes con sus pares se ve transversal izada por situaciones sociales que los tocan y provocan situaciones no deseadas por nadie.
Aparecen aquí algunas situaciones de agresiones entre pares, burlas, bullyng, civer bulling, etc.
Nos enfrentamos a un problema que no es menor, especialmente si consideramos todas las consecuencias que este tipo de conductas pueden acarrear, tanto para la personalidad como para el desarrollo social de los niños  y jóvenes.  Éstos se encuentran  generalmente se encuentran en pleno proceso de búsqueda de su identidad, y este fenómeno afecta gravemente el desarrollo de su personalidad; disminuye su autoestima; les genera sentimientos de miedo,  vergüenza, debilidad y frustración; les provoca una baja en su rendimiento escolar; marginación y desinterés por el trabajo en equipo; etc.
 Por otra parte, desde el punto de  vista del niño o joven que agrede, también necesitan de ayuda externa para comprender cuál es el comportamiento más sano y adecuado y que favorezca las relacione sociales.
A su vez, el resto de la comunidad escolar, como espectadores, terminan conviviendo en un clima de temor, y aceptando la "ley del mas fuerte".

Para  enfrentar estas situaciones entre los alumnos, se debe asumir  que estamos frente a una problemática que afecta o involucra no sólo al niño o adolescente agredido, sino que a toda la comunidad escolar, ya que finalmente la calidad de la convivencia es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad, sin excepción. Para ello, no solo es indispensable que el Estado adopte políticas públicas al respecto, sino también que los adultos responsables asumamos un compromiso mayor a fin prevenir y erradicar estas conductas.
Se hace necesario involucrar a todos los agentes sociales que deben participar abiertamente de este programa: Estado, escuela y toda su comunidad escolar, agentes de seguridad, agentes de justicia, agentes de salud y la comunidad en general.
Que la sana convivencia es condición indispensable para el desarrollo de una personalidad armónica y de una sociedad que evoluciona socialmente estableciendo relaciones entre sus miembros que llevan a la comprensión aún en la diferencia.
Que nuestros niños y jóvenes deben comprender que las diferencias entre las personas son parte de la vida y la convivencia y que solo visibilizándonos como seres únicos en un mundo de personas con intereses, ideales, características diferentes que enriquecen al diario accionar y hacen que la comunidad crezca. Que el conflicto y las tensiones son parte de este maravilloso entramado social y en él deben reconocer modos de solucionarlos cercanos al diálogo, al entendimiento, a la comprensión y a la empatía.
Que es necesario romper el silencio y poner en palabras estas situaciones.

POR TODO LO EXPUESTO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1) Creasé el Programa Municipal “Romper el Silencio” para abordar la temática de la sana convivencia comunitaria.
ART: 2) Serán objetivos de este programa generar  acciones de concientización sobre la convivencia entre pares y de cómo afectan nuestras vidas se modifican cuando estas relaciones se afectan por la falta de convivencia;   promover la adquisición de identidad como un factor en la construcción personal; provocar actitudes de asertividad y/o habilidades sociales como factores en la construcción personal; motivar a la adquisición de valores (Tolerancia, solidaridad, democracia, pluralismo) como factores en la construcción personal; inculcar una actitud de resiliencia como un factor en la construcción personal;
Art.3) Para el desarrollo del presente programa se preveen:
·         Reuniones con modalidad de taller sobre la temática en las escuelas de la localidad.
·         Involucramiento de padres en estos talleres.
·         Intervenciones barriales e interbarriales culturales tendientes a establecer relaciones interpersonales entre los miembros de la comunidad.
·         Elaboración de spots publicitarios con mensajes positivos relacionados en la temática para ser transmitidos por los medios televisivos, radiales y medios gráficos y virtuales.
·         Intervenciones gráficas comunitarias.
·         Producciones gráficas que visualicen el problema y muestren acciones positivas hacia la resolución de conflictos.

Art.4)La autoridad de aplicación será el Área de Acción Social, quienes tendrán a cargo la planificación de las acciones concretas a realizar.

Art.5) Involúcrese a la comunidad toda en el desarrollo de este programa: Municipalidad, escuelas, instituciones, agentes de justicia, agentes de salud, agentes religiosos,etc.

Art.6) Autorícese a la firma de convenios con el Gobierno Provincial y Nacional o con ONG especializadas en la temática que contengan programas de aplicación local sobre la tenática y puedan nutrir la presente Ordenanza.
Art.7) Las erogaciones que demande la puesta en marcha de la esta Ordenanza se imputarán a la partida presupuestaria correspondientes.
Art.8) De forma.