jueves, 15 de marzo de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: : “El Concejo Deliberante más cerca de los vecinos”

Proyecto presentado en la Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Las Varillas el miércoles 14 de marzo.




PROYECTO DE ORDENANZA Nº____/12

Asunto: “El Concejo Deliberante más cerca de los vecinos”

VISTO:
La necesidad de estimular la participación ciudadana en el Honorable Concejo Deliberante de Las Varillas.

CONSIDERANDO:
Que en las sesiones del Honorable Concejo Deliberante la participación de los ciudadanos es importante, ya que de esta manera “toma parte”, haciéndolo desde planos muy diversos y para propósitos muy diferentes, pero siempre como una buena forma de incluir nuevas opiniones y perspectivas.
Que cuanto mayor sea el nivel de participación ciudadana en los procesos políticos y sociales de un país, más democrático es un sistema. 
Que el ejercicio de la democracia depende del rol de la sociedad y sus ciudadanos. Sin participación ciudadana, la democracia pierde su razón de ser, representatividad y legitimidad.
Que es una responsabilidad de este cuerpo generar acciones que posibiliten que la participación ciudadana activa.


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- CREASE el Programa “El Concejo Deliberante más cerca de los vecinos”, dependiente de la Presidencia del Concejo Deliberante, que consistirá en trasladar las sesiones ordinarias del Cuerpo, una vez al mes, a otros ámbitos físicos en distintos barrios de la Ciudad, proporcionados por instituciones educativas, vecinalistas u otras de bien público.

ARTICULO 2º.- Las instituciones interesadas en recibir al Concejo Deliberante deberán contar con dependencias adecuadas para albergar las bancas y espacio para el público, como mínimo, similar al existente en su recinto natural de sesiones.

ARTICULO 3º.- La Presidencia del Concejo Deliberante habilitará un registro de sedes alternativas del Cuerpo, en el que podrán inscribirse instituciones educativas, asociaciones vecinales, sindicatos y entidades de bien público en general que cumplan con lo dispuesto en el artículo anterior y anunciará a través de los medios de comunicación fechas de apertura y cierre del registro para posteriormente diseñar y hacer público el cronograma de sesiones en los barrios que tendrán lugar durante el período de sesiones ordinarias.

ARTICULO 4º.- En las sesiones del Concejo Deliberante que se realicen fuera de su lugar natural se abordará el temario habitual previsto para las reuniones ordinarias del Cuerpo, sin modificaciones.

ARTICULO 5º.- El Concejo Deliberante se hará cargo de los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTICULO 6º.- De forma.

María Laura Valletto
Concejal Unión por Córdoba-Frente para la Victoria.-




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