miércoles, 21 de marzo de 2012

Proyecto de Ordenanza: Régimen Municipal de Voluntariado Social


En el día de la fecha, miércoles 21 de marzo de 2012, en sesión ordinaria del Concejo Deliberante, Unión por Còrdoba - Frente para la Victoria presentó el siguiente Proyecto de Ordenanza. El mismo contempla la creación de un régimen de voluntariado social, mediante el cual los ciudadanos de Las Varillas pueden anotarse para realizar actividades voluntarias colaborando con las diferentes acciones que realizan las Direcciones de la Municipalidad local, de esta manera se asegura la participación abierta de toda la ciudadanía sin distinción alguna.

PROYECTO DE ORDENANZA Nº………………/2012

Asunto: Régimen Municipal de Voluntariado Social

VISTO:
La necesidad de estimular la participación ciudadana en la ciudad de Las Varillas.

CONSIDERANDO:
De que es de estado público que existen vecinos con el deseo de participar de las diferentes actividades que el municipio realiza.



EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

ARTICULO 1º.- Institúyase el Régimen Municipal del Voluntariado Social en el ámbito de la Ciudad de Las Varillas.

ARTICULO 2º.- Entiéndase por voluntario/a a toda aquella personas física y/o jurídica que libre y responsablemente dedica parte de su tiempo a desarrollar actividades de interés general y sin fines de lucro para la comunidad, en el seno de la administración pública con arreglo a programas y proyectos concretos que sean desarrollados por la Municipalidad y/o auspiciados por la misma.

ARTICULO 3º.- Las áreas de actuación del voluntariado social dentro de la Administración Pública Municipal serán:
- Promoción Social.
- Cultura y Educación.
- Salud.
- Medio Ambiente.
- Cualquier actividad de naturaleza análoga que se desarrolle mediante el trabajo voluntario.

ARTICULO 4º.- Los derechos de los voluntarios/as serán:
a) Realizar sus actividades en condiciones y con las directivas de los dirigentes municipales que se acuerden previamente.
b) Disponer de una acreditación identificatoria de su condición de voluntario/a social.
c) Colaborar activamente con la entidad en la que se inserte, en el desarrollo y evaluación de los programas en los que participa.

ARTICULO 5º.- Los deberes de los voluntarios/as serán:
a) Aceptar los fines y objetivos de la entidad.
b) Actuar de forma diligente aceptando los objetivos establecidos en los programas y proyectos en que desarrolle su actividad voluntaria.
c) Rechazar cualquier tipo de contraprestación económica por los servicios prestados.
d) Cumplir con los requisitos y tareas asignadas en el compromiso de incorporación celebrado y con las instrucciones que en el desarrollo del mismo puedan recibir.
e) Participar de las actividades de formación que determina la organización para la que preste el servicio.
f) Respetar los derechos de los beneficiarios de la actividad voluntaria.

ARTICULO 6º.- La integración del voluntariado en programas y proyectos municipales se formalizará mediante un compromiso de incorporación cuyo contenido mínimo será el siguiente:
a) El conjunto de derechos y deberes que corresponden en ambas partes.
b) El contenido detallado de las funciones y actividades que se compromete a realizar el voluntario/a.
c) Proceso de preparación previo o contemporáneo.
d) La duración, compromiso, causas y formas de desvinculación de ambas partes.
e) La Municipalidad podrá reconocer los gastos que ocasionen las actividades del voluntariado social, conformado entre la Administración Pública y los voluntarios/as.

ARTICULO 7º.- La Municipalidad de Las Varillas elaborará un “Registro Municipal de Voluntarios/as” con el objetivo de sistematizar y centralizar el número de voluntarios y voluntarias participando en distintos programas y proyectos correspondientes a las diferentes Secretarías y dependencias municipales.

ARTICULO 8º.- El Poder Ejecutivo Municipal establecerá la reglamentación a través del organismos correspondiente el Régimen del Voluntariado Social  incorporando lo establecido en la presente Ordenanza.

ARTICULO 9º.- De forma.-

María Laura Valletto
Concejal Unión por Córdoba-Frente para la Victoria.-


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