jueves, 16 de agosto de 2012

PROYECTO DE RESOLUCION: LAS VARILLAS UNA CIUDAD PARA TODOS


PROYECTO DE RESOLUCIÓN N°

ASUNTO:  LAS VARILLAS PARA TODOS

Como lo expresa Demetrio Casado Pérez “la sociedad ,en efecto, no es sólo el escenario en el que acontece el problema sino que es un personaje importante del drama. La sociedad discapacita y rehabilita, segrega y agrega. La sociedad, por ello, ha de ser objeto de intervenciones que la hagan cada vez menos agresiva y más accesible, menos áspera y más hospitalaria, menos normativa y más tierna



VISTO:

Que Las Varillas cuenta con un Plan Director Urbano con el objetivo de definir la estrategia y el ordenamiento urbano territorial, y los delineamientos urbanísticos para el plan de desarrollo urbano del Municipio local.

Que es necesario proyectar una ciudad para todos los habitantes de la ciudad, desde una concepción de inclusión de cada ciudadano, con sus necesidades y particularidades, en la que todos puedan transitar, disfrutar de sus servicios, participar activamente. 

CONSIDERANDO: 

Que es el Estado quien debe regular y organizar una ciudad inclusiva sin olvidarse que todo hombre es una persona social, que forma parte de una sociedad y participa de una cultura sobre la que influye y por la que es influido. Por su naturaleza  necesita relacionarse con otros hombres para lograr un desarrollo pleno y armónico.

Que el problema no está en la persona con movilidad reducida, sino en el contexto, que reproduce la falta de alternativas para aquellos que se alejan del prototipo social vigente. Es entonces, el impedimento que el mismo contexto ofrece a las personas con movilidad reducida un elemento limitador o limitante.

Que es necesario evitar las barreras físicas o comunicacionales que están representas por aquellas trabas, obstáculos o impedimentos que obstruyen la libre movilidad, uso y comunicación de las personas y en particular en este caso de las personas con movilidad y/o comunicación reducida.

Que el concepto de movilidad reducida, amplía la mirada a  aquellos ciudadanos que transitoria o permanentemente se ven impedidas o limitadas en sus acciones físicas: personas con discapacidad física ambulante o en silla de ruedas, embarazadas, ancianos, etc.

Que en nuestro país existe desde el año 1981 la Ley Nacional 22.431 de “Protección Integral a las Personas con Discapacidad” que es reglamentada en el año 1983  mediante el Decreto 498/83. En los artículos 20, 21 y 22 del citado Decreto se establece la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el

transporte fijando un plazo para su ejecución de 10 años.

Que la Comisión Nacional Asesora para la Personas con Discapacidad, ha intensificado y armonizado una serie de acciones que suponen crear mayor conciencia sobre la importancia del reconocimiento y respeto de las diferencias, elaborar y difundir una normativa realista y adecuada a las auténticas necesidades del colectivo, hacer conocer las necesidades de las personas con movilidad y/o comunicación reducida, brindar asesoramiento calificado y orientar sobre el papel de la accesibilidad en una sociedad que se propone acceder a una auténtica calidad de vida.

Que para ello cuenta con el Plan Nacional de accesibilidad donde constan la concepción, visión y misión de mismo, como así también las disposiciones técnicas para la urbanización accesible.


EL  CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1)Instar al equipo del Plan Director Urbano de la ciudad de Las Varillas a ajustarse, en el planeamiento urbanístico de la ciudad, la normativa vigente en relación de accesibilidad de personas con movilidad reducida.

Art. 2) Solicitar el asesoramiento de CONADIS, dentro del Plan Nacional de Accesibilidad, a los fines de universalizar los criterios urbanísticos.
Art.3) De forma.

viernes, 10 de agosto de 2012

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: REDUCTORES DE VELOCIDAD EN RUTA 13 - TRAMO EJIDO URBANO


Este proyecto es un pedido de los vecinos que viven en las inmediaciones de la ruta 13, debido a la cantidad de accidentes de tránsito ocurridos en este tramo vial.


PROYECTO DE RESOLUCIÓN N°

ASUNTO: REDUCTORES DE VELOCIDAD EN RUTA 13 – tramo ejido urbano.

Visto:
La necesidad de brindar mayor seguridad a los ciudadanos en la Ruta 13, en el trayecto correspondido en el ejido municipal, y así evitar la reiteración de accidentes de tránsito que en ella ocurren.
.CONSIDERANDO:
Que los accidentes de tránsito, ocasionan miles de muertes. Estadísticamente en el 2011 se produjeron 629 muertes promedio por mes en la Argentina, lo que hace un promedio diario de 21 vidas que se apagan por día.
Que es de imperiosa necesidad contar con medidas reductoras de velocidad que hagan aminorar la velocidad de los conductores.
Que los vecinos de las inmediaciones de la Ruta 13 han solicitado acciones concretas tendientes a la disminución de los accidentes de tránsito.
Que es el Estado quien debe velar por el bienestar de sus ciudadanos, quien tiene que arbitrar los medios para que esto suceda.
Que se hace imprescindible buscar las soluciones categóricas y permanentes, tendientes a evitar todo tipo de inconvenientes, asegurando la fluidez y tratando de reordenar los problemas de tránsito que hoy sufrimos.
Que la voz de los vecinos y la decisión de Gobierno Municipal genera una construcción colectiva digna de una democracia que emerge cada día con más fuerza.

Por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante de La Ciudad de Las Varillas, sanciona con fuerza de
 RESOLUCIÓN:
Art. 1) Instar al Poder Ejecutivo Municipal a que arbitre los medios que se consideren convenientes como reductores de velocidad (las señales, marcas, semáforos, resaltadores, delineadores, hitos, balizamientos)  en el tramo urbano de la Ruta Provincial N°13.
Art.2) Realícese los trámites necesarios para la autorización de los mismos.
Art.2) De forma.-


María Laura Valletto
Concejal Unión por Córdoba - Frente para la Victoria

viernes, 3 de agosto de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: RESPONSABLEMENTE

Basta de buscar culpables, basta de deslindar responsabilidades. El tema del consumo de alcohol en nuestros jóvenes ES RESPONSABILIDAD DE TODOS. Es el Estado quien debe articular a todos los actores para que esta situación cambie.

Proyecto de Ordenanza N°

Asunto: PROGRAMA: RESPONSABLEMENTE.

VISTO:
El aumento del consumo de alcohol en los jóvenes en Las Varillas, hecho que se maximiza los fines de semana.
Que esto provoca accidentes de tránsito, problemas de salud graves que afectan a los jóvenes de nuestra ciudad.
Que el consumo de alcohol es la puerta de entrada a otras drogas no legales.
CONSIDERANDO:
Que el consumo de alcohol por los jóvenes en un problema social, que implica al joven, su familia, la escuela, y el Estado. Que todos estos agentes se deben ver comprometidos en la búsqueda de alternativas.
Que no existen culpables, sí RESPONSABLES, de esta situación.
Que la familia tiene un papel de crucial importancia en la prevención. El entorno familiar es el primer espacio socializador para el individuo y, como tal, debe tener un papel activo en la prevención del consumo de alcohol, a través de la acción educativa que se ejerce en su seno.
Que la escuela, es la institución socializadora por excelencia, donde los jóvenes comparten gran parte de su tiempo, se educan y desarrollan en valores y actitudes.
Que el Estado, es quien debe velar por el bienestar de sus miembros, haciendo una apuesta al futuro, realizando acciones en el presente. Es quien debe articular a los agentes  involucrados generando estrategias que posibiliten el desarrollo armónico de sus ciudadanos.
Que es el joven el principal protagonista, hay quien la escuela, la familia, y el Estado deben cuidar y educar para que en el futuro de haga responsable de sus acciones.
Que todos debemos trabajar en conjunto, analizando la situación actual desde cada una de las miradas, ya que solo esto posibilitará una mirada común.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1: Créase el programa denominado: RESPONSABLEMENTE, tendiente a articular acciones para prevenir el consumo de alcohol en los jóvenes de la ciudad de Las Varillas.
Art.2: Los objetivos son:
·         Generar una estrategia pluralista y participativa que promueva el autocuidado de la salud y potencie competencias ciudadanas que contribuyan a disminuir el consumo riesgoso y/o abusivo de alcohol.
·         Sensibilizar a población de destino sobre los riesgos del consumo abusivo alcohol a través del diseño de campañas de intervención, siendo estos partícipes de las conclusiones a las que se arribe.
·          Construir información útil para comprender integralmente el fenómeno, aportando de esta forma a las políticas públicas desarrolladas en los últimos años hacia los jóvenes en general. 
Art.3: La metodología será la de taller, definido este por MARÍA TERESA GONZÁLEZ CUBERES como tiempo -espacio para la vivencia, la reflexión y la conceptualización; como síntesis del pensar, el sentir y el hacer. Como el lugar para la participación y el aprendizaje, donde los participantes puedan opinar y construir el proyecto que se quiere para los jóvenes.
La Municipalidad de Las Varillas, tendrá a su cargo la organización de los sucesivos talleres donde se citará a los padres, a los jóvenes y a ambos en forma conjunta, con un temario determinado. La escuela tendrá a su cargo la convocatoria de los destinatarios de este programa.
Cada taller deberá que culminar con el establecimiento de conclusiones y/o acciones consensuadas.
Art.4: El temario tentativo será:
  1. Prevención del consumo de alcohol en el ámbito familiar. 
    . Datos sobre el consumo de alcohol.
    · Alcohol y alcoholismo
    · Problemas de abuso de alcohol.
    · ¿Por qué hay problemas de abuso de alcohol?
    · Factores de riesgo vinculados al individuo.
    · Factores de riesgo vinculados al ambiente.
    · La familia un espacio privilegiado para prevenir.
  2. Elementos básicos para una buena prevención familiar.
    Factores de riesgo y educación familiar.
    · Las normas son importantes en la vida familiar.
    · Mejoremos la relación con los hijos.
    · Eduquemos a nuestros hijos en el tiempo libre.
  3. Intervención familiar con hijos de 0 a 12 años.
    Características de la infancia.
    · Las normas en la educación de los hijos pequeños.
    · Mejoremos la relación con nuestros hijos pequeños.
    · Eduquemos a nuestros hijos pequeños en el tiempo libre.
  4. Intervención familiar con hijos de 13 a 17 años
    Características de la adolescencia.
    · Las normas en la educación de los hijos adolescentes.
    · Mejoremos la relación con nuestros hijos adolescentes.
    · Eduquemos a nuestros hijos adolescentes en el tiempo libre.
    · ¿Cómo intervenir ante el inicio del consumo de alcohol. . . .Hábitos actuales: “la previa”
  5. La familia ante los problemas de alcohol.
    Proceso de dependencia al alcohol.
    · Estrategias de apoyo familiar. Habilidades para la relación de ayuda.
    · Buscando recursos.
    · Algunos consejos básicos para la búsqueda de recursos de atención.
  6. Legislación en vigencia en Las Varillas
.Lectura y análisis de ordenanzas en vigencia. Su análisis.

Art. 4: La Municipalidad de Las Varillas, pondrá a disposición al personal de planta para la realización de los talles, articular políticas con el estado provincial y nacional, o contratar a especialistas en el tema si lo considera adecuado. Se dará participación al Grupo de Padres Preventores y a los Padres Voluntarios del Control de Alcoholemia en las dinámicas de los talleres.
Art.5: Se realizarán evaluaciones periódicas que ayuden a ajustar el curso del programa.
Art. 7: Las inversiones que erogue la presente, se asignarán a la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 8: El órgano de aplicación de la presente ordenanza será la Secretaría de Gobierno, quien dictará el reglamento para el buen funcionamiento de la misma.
Art. 9: De forma


PROYECTO DE RESOLUCIÓN: CONFORMACION COMISIÓN SOBRE PLAN DE REORDENAMIENTO CANINO.



El tema de los perros en nuestra localidad causó muchos problemas en nuestra localidad, ya que había muchos de ellos, que callejeros, ocasionaban accidentes de tránsito y mordeduras. Con el paso de los gobiernos se fueron implementando acciones, que llevaron a la buena situación actual, con acciones a superar, pero con mucho camino recorrido.
En la Ordenanza 144 habla de la creación una comisión de trabajo, donde se incluye a personal municipal y  a la Sociedad Protectora de Animales. A través de esta comisión de organiza el Plan de Reordenamiento Canino. 
Actualmente SOS ANIMALES, ha obtenido su Personería Jurídica, por lo que puede participar de esta comisión. 
Por ello, se insta a la creación de esta comisión, para que sea una realidad el trabajo en conjunto, para que se no superpongan esfuerzos y se llegue al diálogo.




Proyecto de resolución N°

Asunto: Ordenanza 114/04

Visto:
Que la ordenanza 114/04 en su artículo 33 dice:”la autoridad de aplicación será una comisión formada por: un representante municipal, un representante de la agencia Las Varillas Ambiente, dos representantes de la sociedad protectora de animales y un médico veterinario del registro municipal de veterinarios, quienes tendrán la función de aplicar los términos de la presente, organizar difusión, planificar las campañas de educación que fuesen necesarias para el cuidado de los animales domésticos, generar la creación de un equipo de educadores públicos, como así también toda acción que se derive  del cumplimiento de la presente Ordenanza”

Considerando:

Que hace años que la Municipalidad de Las Varillas trabaja para el control de los perros callejeros, y su adecuado sistema de salud.
Que se ha conformado la organización no gubernamental SOS animales.
Que se hace necesario articular acciones entre ambos, para no duplicar esfuerzos, y dialogar con un objetivo en común.
Que para ello la Ordenanza 114/04 prevee la conformación de una comisión que sirva a los fines de organización y conexión entre todos los invocrados.
Que se esta comisión pueden surgir nuevas acciones, adhesiones a leyes, definición de roles.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:

Art. 1) Ínstese al PEM a la creación de la autoridad de aplicación que se establece en la Ordenanza 114/04.
Art.2) De forma.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: PINTAR LINEAS AMARILLAS EN LAS ESQUINAS


Proyecto de resolución:
 La seguridad vial es imprescindible para una ciudad organizada. Se han colocado carteles indicadores que hacían falta para advertir al conductor. Pero las líneas amarillas en las esquinas están sin pintar y es necesario contar con ellas, de lo contrario  se estaciona y se obstaculiza la visión. Por ello, este proyecto prevee un relevamiento     de las líneas amarillas y se pinten aquellas que sean necesarias.
Contribuir a la seguridad vial nunca es un gasto.



Asunto: Líneas amarillas en las esquinas

VISTO:
La importancia de la señalética en las calles como método de organización del tránsito en la ciudad.
Que ello provoca poner en alerta al conductor y evitar infracciones.

CONSIDERANDO:
Que se han colocado carteles indicadores en la ciudad.
Que es importante continuar con esta actividad y ampliarla a otras señales.
Que toda señal ayuda a recordar las  prohibiciones y regularizaciones que la Ley contiene.
Que muchos vehículos hoy estacionan en las esquinas, excusando falta de línea amarilla y con ello interrumpen la normal visualización de otros conductores.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS RESULEVE CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:

Art. 1) Realícese un relevamiento del estado de las líneas amarillas en las esquinas de la ciudad.
Art.2) Procédase al repintado de las líneas amarillas, que no se encuentren en óptimas condiciones de visualización.
Art. 3) De forma.

PROYECTO DE ORDENANZA: MODIFICACIÓN ART. 89/84 SOBRE TERRENOS PAEA ADHERENTES A PLANES DE VIVIENDA

Preocupados por la falta de terrenos para los adherentes a los planes de viviendas municipales y movilizados porque expresan que no pueden anotarse en el sorteo de las mismas debido a que no tienen terreno, se presenta este proyecto que estipula que aquellos terrenos que sean donados a la Municipalidad ante un loteo, sean vendidos a los adherentes a planes de vivienda que no pueden acceder a ellos, y que no tengan vivienda. La venta debe ser a precio de terrenos sociales y en cuotas. 



PROYECTO DE ORDENANZA N°
ASUNTO: MODIFICACIÓN ORDENANZA 89/84
VISTO:
La necesidad de terrenos para construcción de viviendas y el elevado costo de mercado que tienen  mismos, lo que imposibilita que muchas personas puedan adquirir uno de ellos para construir su vivienda propia.
Que numerosos adherentes a planes de viviendas no pueden inscribirse al sorteo de las casas, debido a que no poseen terreno y no pueden comprarlo por los motivos antes descriptos.
CONSIDERANDO:
Que el nuevo paradigma del desarrollo pone en el centro del proceso al hombre y considera a lo económico como un medio que protege las oportunidades de vida de las generaciones actuales y futuras.
Que la política de viviendas ha sufrido transformaciones a través del tiempo al ritmo de nuevos enfoques teóricos, de paradigmas políticos y económicos y las diferentes situaciones sociales por las que atravesó el país, pero que a pesar de ello la realidad marca una dificultad del Estado por destinar terrenos para sus miembros más vulnerables.
Que es necesario generar una herramienta de impacto territorial que beneficie a las familias bajo la premisa de que es deber del Estado salvaguardar valores y prácticas de justicia social y de equidad.
Que el Código de Edificación Urbana de la Ciudad de Las Varillas contempla un porcentaje de terrenos a donar a la Municipalidad ante un loteo, por lo que estos loteos no tienen costo para la misma.

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS VARILLAS, RESUELVE CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art.1: Modifíquese el artículo 28.1.2 de la Ordenanza 89/84, que establece el porcentaje de lotes a donar por parte del dueño de los loteos aprobados por el Concejo Deliberante y que serán destinados por la Municipalidad a los fines de interés general que crea conveniente; quedará redactado de la siguiente manera:
“…y serán destinados para adherentes a planes de viviendas municipales que no cuenten con terreno, ni vivienda propia. Se deberá establecer el costo por terreno que se ajuste a los parámetros de viviendas sociales, organizando un sistema de cuotas que faciliten el acceso al mismo.
Se abrirá un registro de adherentes interesados en la compra de los terrenos. Al momento de la donación se dará aviso a los mismos y se procederá al sorteo correspondiente de un titular y un suplente por cada terreno. El adherente que sea beneficiado debe cumplir con las obligaciones pertinentes en el tiempo que el Poder Ejecutivo lo establezca.”

Art. 2: De forma.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN: DEMORA EN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Encontramos demoras en trámites administrativos en los planes de viviendas: sesiones de derecho que no se aprobaron por el Concejo Deliberante que datan del 2009.- Por ello se insta al Poder Ejecutivo a que arbitre los medios para que esto no vuelva a suceder y poner en riesgo a la Municipalidad de Las Varillas.




PROYECTO DE RESOLUCIÓN N°
ASUNTO:  Demora en trámites administrativos de planes de vivienda
VISTO:
Que  en el día 03 de julio de 2012 se aprueba en el Concejo Deliberante de Las Varillas una sesión de derechos del Plan de Viviendas Primer Hogar I adjudicada en el año 2009.
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Las Varillas, cuenta con numerosos planes de vivienda, que ello ocasiona trámites variados.
Que es necesario mantener un orden con estos trámites que aseguran el normal funcionamiento de los diferentes planes de vivienda.
Que este orden no solo es de archivo, sino en el tiempo, ya que la omisión de ellos genera riesgos para la Municipalidad de Las Varillas.
Que la Municipalidad utiliza la figura de donación con cargo o sesión de derechos con la finalidad de garantizar la operatoria, y la amortización de las inversiones realizadas, y que su atraso, incumplimiento u omisión ocasionan problemáticas diversas al municipio. Instar a PEM a realizar un relevamiento de las sesiones de derecho y donaciones con cargo de los diferentes planes de vivienda de la Municipalidad de Las Varillas.
Art. 2) El PEM deberá tomar las medidas necesarias tendientes a ordenar las sesiones de derecho y donaciones con cargo a los fines de asegurar el normal desenvolvimiento de los diferentes planes de vivienda municipales.
Art. 3) De forma.-

LA MUNICIPALIDAD DE LAS VARILLAS SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN:

Art. 1) Instar a PEM a realizar un relevamiento de las sesiones de derecho y donaciones con cargo de los diferentes planes de vivienda de la Municipalidad de Las Varillas.
Art. 2) El PEM deberá tomar las medidas necesarias tendientes a ordenar las sesiones de derecho y donaciones con cargo a los fines de asegurar el normal desenvolvimiento de los diferentes planes de vivienda municipales.
Art. 3) De forma.-