sábado, 15 de septiembre de 2012

PROYECTO DE ORDENANZA: LABORATORIO DE ACCIDENTOLOGIA VIAL "LAS VARILLAS TE CUIDA"

En Las Varillas se hacen acciones tendientes a la prevención de accidentes de tránsito, y está bien que eso sea así. Pero este proyecto va más allá de eso, intenta realizar una investigación acerca de la modalidad de conducción de los varillenses y con esos datos implementar medidas certeras. Además, de tener la posibilidad de mirar a Las Varillas de manera macro y así poder determinar de manera eficaz la direccionalidad de las calles.
 
 
Proyecto de Ordenanza

Asunto: “Laboratorio de Accidentología Vial Las Varillas te cuida”

Visto.

Que la ciudad carece de un programa de prevención integral de accidentes viales.
Que se realizan muchas actividades a favor de la prevención de accidentes, pero se hace necesario una visión holística de la realidad varillense en torno a la vialidad.

Considerando.
Que es fundamental desarrollar políticas coordinadas, sistemáticas y efectivas  que brinden la  información fehaciente que permita más allá de la sanción de aquellos infractores a la Ley de Tránsito, realizar campañas de prevención y difusión generales o focalizadas en determinados grupos de riesgo, establecer zonas de peligro, visualizar a la ciudad como un todo y desde allí evaluar la direccionalidad de las calles, etc.
Que contar con un laboratorio de accidentología, permitirá poner a disposición de las autoridades la información que requieran para ejercer sus responsabilidades. 
……………………………………………………………………………………….
Que la herramienta tiene el objetivo de detectar y corregir intersecciones problemáticas, situaciones críticas, proyectar adecuadamente inversiones en infraestructura y mejorar continuamente la seguridad vial, determinar la cantidad necesaria de agentes de tránsito y sus funciones específicas.
Que la política de seguridad vial implica a su vez instancias de regulación, prevención, y control, todas ellas íntimamente relacionadas entre sí
…………………………………………………………………………………………………………………..


Por todo lo expuesto se sanciona con fuerza de

ORDENANZA


Artículo 1º - Créase el “Observatorio de Accidentología Vial Las Varillas te ciuda”.

Artículo 2º - Objeto y funciones:
El “Observatorio de Accidentología
Vial Las Varillas te cuida” tendrá por objeto:..............................................................................
……………………………………………………………………………………………………………………….: 

-   Implementar un sistema de investigación sobre conductas de conducción en diferentes automotores, a los fines de determinar la mayor frecuencia de conductas peligrosas.

-   Realizar una revisión de la direccionalidad de las calles de la ciudad y determinar de manera integral el modo de circulación de las mismas..........................................................…………………………………………………………………………………………

-   Obtener información valiosa  para el desarrollo de programas de educación vial para niños, jóvenes y adultos.
- Reducir la exposición a riesgos y/o daños a peatones y conductores.
- Impulsar desde todos los ámbitos el debate social sobre las políticas de seguridad vial.
Asimismo, sus funciones serán las siguientes:
- El diseño y seguimiento de políticas relacionadas con la seguridad vial. 
………………………………………………………………………………………………………………………
- La aplicación y evaluación de intervenciones puntuales que tiendan a prevenir y/o reducir la cantidad de accidentes causados por el tránsito en los lugares que se identifiquen como peligrosos..........................................................................……………………………………………………………………………………………………………….

- Convertir la información efectiva y con base científica en políticas y prácticas que protejan a los peatones, ciclistas y ocupantes de vehículos
.
………………………………………………………………………………...


Artículo 3º - El Observatorio creado por la presente, dependerá funcionalmente de la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las demás áreas necesarias.


Artículo 4º - Se elaborará una base de datos que contendrá información obtenida en las diferentes investigaciones realizadas y las acciones que derivan de ellas.


Artículo 5º - La Secretaría de Gobierno  establecerá el reglamento de funcionamiento.
…………………………………………………………………………………


Artículo 6º - De forma.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario